Comisión Permanente sesionará este jueves 15 para debatir importantes proyectos de ley

por Edgar Mandujano

La Comisión Permanente del Congreso de la República sesionará este jueves 15 de febrero, a fin de debatir y aprobar importantes proyectos de ley en beneficio de la población.

Según disposición del titular del Parlamento, Alejandro Soto Reyes, la sesión deberá iniciarse a las 10:00 a.m. y será de carácter semipresencial, de acuerdo con la invitación cursada a los integrantes de la Comisión Permanente por el Oficial Mayor, Giovani Forno Flórez.

En la agenda de trabajo figuran 38 dictámenes elaborados por las distintas comisiones de trabajo congresal; 18 informes de calificación de denuncias constitucionales declarados improcedentes por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales que preside la congresista Lady Camones Soriano (APP).

Asimismo, 18 dictámenes pendientes de segunda votación y el allanamiento del Ejecutivo a una Autógrafa de ley.

En la agenda también figura el informe final sobre la denuncia constitucional 359, denuncia formulada por la congresista Martha Lupe Moyano Delgado contra su colega María del Pilar Cordero Jon Tay, por la posible comisión del delito de concusión, tipificado en el artículo 382 del Código Penal; así como la comisión de presuntas infracciones constitucionales de los artículos 1; 2 inciso 15; 22; 23; 38 y 45 de la Constitución Política.

La Comisión Permanente, además, tiene previsto debatir el informe final sobre la denuncia constitucional 196 (antes 451), denuncia formulada por la exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera contra el expresidente de la República Martín Vizcarra, por la presunta comisión de los delitos de tráfico de influencias, peculado doloso, negociación incompatible y obstrucción a la justicia, tipificados en los artículos 400, 387, 399 y 409-A del Código Penal, respectivamente.

En el documento se incluye también a las ex exministras de Cultura Patricia Balbuena Palacios, Ulla Holmquist Pachas y Sonia Guillén Oneeglio, por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso y negociación incompatible, tipificados en los artículos 387 y 399 del Código Penal, respectivamente.

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