La Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (Sucamec), dispuso, que en el ejercicio de sus potestades de control y fiscalización y sanción, la CANCELACIÓN DEFINITIVA de la licencia de uso de arma de fuego, en la modalidad de Defensa Personal (L1) de Abel Frank Valdivia Montoya, presunto homicida del periodista Christian Tirado, durante una gresca ocurrida en Lince. Asimismo, esta persona ingresó al REGISTRO DE INHABILITADOS PARA PORTAR ARMAS EN EL PAÍS.
Tras tomar conocimiento público que Abel Valdivia, es sindicado como el principal sospechoso de la muerte del comunicador, en un fatídico suceso ocurrido durante una reunión social y que implica el uso de un arma de fuego de uso civil, la Sucamec emitió la Resolución de Gerencia N.° 5980-2023-SUCAMEC-GAMAC, mediante la cual, se cancela la Licencia (L1) de uso de arma de fuego N° 7050683, como resultado del seguimiento a las investigaciones de los órganos jurisdiccionales ante la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de homicidio.
Desde que la Sucamec, tomó conocimiento del hecho, su personal ha proporcionado toda la información que contribuya con las investigaciones policiales y fiscales, participación activa que ha permitido realizar un seguimiento exhaustivo de los actuados del caso por el delito doloso en el que estaría implicado Abel Valdivia y poder sancionarlo de manera efectiva por la seguridad de la ciudadanía.
Asimismo, en el marco de sus competencias, la entidad adscrita al Ministerio del Interior, continua colaborando con los demás órganos del Estado que investigan este penoso caso e hizo un llamado a la responsabilidad a los portadores legales de armas de fuego, quienes no deben usar ni portar sus armas en reuniones sociales, lugares con alta concurrencia de público, ni bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
En la misma Resolución, la Sucamec, dispone que las armas del inhabilitado deberán ser internadas en sus almacenes en un plazo máximo de 15 días hábiles contados desde la notificación del acto administrativo que resuelve la cancelación de la licencia para porte y uso de arma de fuego, en la modalidad de Defensa Personal (L1).
Cabe señalar que, en nuestro ordenamiento jurídico peruano, no existe el derecho fundamental de poseer y usar armas de fuego, por lo que se debe considerar la posesión y uso de arma de fuego como aquella facultad otorgada para ciudadanos responsables, debido a que las armas de fuego son consideradas objetos de riesgo que pueden vulnerar y amenazar la seguridad ciudadana e integridad física de las personas.