El Gobierno publicó en el diario oficial El Peruano el decreto de urgencia 005-2024 que obliga a las farmacias a tener un 30% de stock de medicamentos esenciales genéricos en denominación común internacional.
El dispositivo legal publicado en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano tendrá vigencia hasta el 31 de julio.
Se contempla que las farmacias y boticas que incumplan la disposición serán multadas con hasta dos Unidades Impositivas Tributarias, lo que equivale a S/ 10 300.
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Los medicamentos que se deberán ofrecer en las farmacias y boticas del país serán detallados en una resolución que deberá publicar el Ministerio de Salud en un plazo de 10 días hábiles.
Cabe señalar que la bancada Fuerza Popular ha presentado un proyecto de ley que tiene los mismos objetivos que el decreto emitido por el gobierno de Dina Boluarte. Se espera que inicie su trámite en la Comisión de Salud.