El Gobierno prorrogó por 60 días calendario el estado de emergencia en cinco penales de alta peligrosidad del país, debido a la persistencia de la perturbación de la paz y el orden interno. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 148-2026-PCM, publicado este martes 3 de noviembre en el diario oficial El Peruano.
La ampliación comenzará a regir el 5 de noviembre de 2026 y comprende los establecimientos penitenciarios de Challapalca, Cochamarca, Miguel Castro Castro, Ancón I y Trujillo Varones, administrados por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).
El régimen de excepción también abarca los perímetros exteriores de estos recintos, hasta un radio de 200 metros desde sus límites. Durante ese periodo, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas.
¿Qué derechos estarán restringidos durante el estado de emergencia?
El decreto establece que, durante los 60 días de prórroga, se restringirá o suspenderá el ejercicio de los derechos constitucionales a la libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales para quienes ingresen a los establecimientos penitenciarios o circulen por sus perímetros de seguridad.
La disposición precisa que estas restricciones comprenden el espacio de hasta 200 metros alrededor de cada penal. En tanto, las medidas que se apliquen a la población penitenciaria deberán sujetarse al Código de Ejecución Penal y su reglamento.
La norma también señala que no podrán vulnerarse los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad, entre ellos la vida, la integridad personal, la salud, la defensa y el debido proceso.
PNP y Fuerzas Armadas realizarán operativos en los cinco penales
Durante la prórroga, la Policía Nacional, con apoyo de las Fuerzas Armadas, ejecutará acciones permanentes para reforzar la seguridad de los establecimientos penitenciarios y controlar sus accesos.
Entre las intervenciones previstas figuran:
- Control de ingreso: verificación del acceso de todas las personas a los establecimientos penitenciarios.
- Incautaciones: operativos para decomisar tarjetas SIM, teléfonos celulares, armas blancas y otros artículos prohibidos, en coordinación con el Grupo de Operaciones Especiales (GOES) del INPE.
- Protección perimetral: vigilancia de las áreas de intangibilidad y del entorno de los penales, en un radio de hasta 200 metros.
- Acciones de inteligencia: labores destinadas a prevenir fugas, alteraciones del orden y actividades delictivas dentro de los establecimientos.
El decreto establece que las intervenciones durante el estado de emergencia deberán respetar los principios de legalidad, unidad de acción, necesidad y proporcionalidad, además de garantizar los derechos fundamentales.
¿Qué funciones mantendrá el INPE durante la prórroga?
Aunque la Policía Nacional asumirá el control del orden interno con apoyo militar, el INPE conservará la administración y custodia de los establecimientos penitenciarios.
La norma también dispone que las medidas dirigidas a la población penal se desarrollen conforme al Código de Ejecución Penal y su reglamento, sin afectar los derechos a la vida, integridad, salud, defensa y debido proceso.
Finalmente, la PNP deberá presentar al ministro del Interior un informe detallado sobre las acciones realizadas y sus resultados, dentro de los cinco días hábiles posteriores al término de la prórroga.