En corto

Fernando de la Flor

Columnista y abogado. Fue Secretario General de la Presidencia de la República y Embajador del Perú ante la OEA.


Disparates Parlamentarios

Escribe: Fernando de la Flor Arbulú*

Los Parlamentos del Perú y España están demostrándonos cómo no debe actuarse. En otras palabras: están haciendo el ridículo violando flagrantemente sus propias Constituciones.

Empecemos por el caso peruano. Hay un principio que establece que nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe. Fundado en este enunciado, nuestro Congreso dictó una ley que permite que la presidente Dina Boluarte viaje al extranjero y gobierne mediante medios virtuales, contrariando expresamente lo que dice la Constitución: para abandonar el territorio nacional, la presidenta de la República debe dejar encargado el despacho al Primer o Segundo vice presidentes. Y como quiera que no tiene ninguno de ambos, simplemente no puede viajar al extranjero. Sin embargo, se hizo lo que se hizo, mal utilizando el mencionado principio que en ningún caso puede aplicarlo el sector público. El Estado solo puede hacer lo que le está permitido.

Otro caso fue el de la destitución de quien fuera Fiscal de la Nación, a quien se le removió de su cargo supuestamente por incumplir sus deberes. Se dijo en ese momento que un magistrado goza de autonomía en el ejercicio de sus funciones y no podía despojársele por ello. El Congreso, sin embargo, no atendió todas las consideraciones jurídicas que se explicaron y ejecutó la defenestración.  Algo semejante estaría por hacer con la denominada Junta Nacional de Justicia, a quien se le destituiría por una imputada falta grave que no se ha explicado ni probado y que en ningún caso sería tal.

Pareciera entonces que el Parlamento en el Perú ha llegado a una íntima convicción, profundamente disparatada porque contradice principios jurídicos que existen desde buen tiempo atrás para resguardo del derecho, que es considerarse el primer poder del Estado capaz de adoptar cualquier tipo de decisión reuniendo los votos necesarios para ello. Estaría por creer que con una mayoría calificada de votos podría ordenar la pena de muerte de un ciudadano.

Todo lo anterior viene al caso, a propósito de lo que está sucediendo ahora mismo en el Parlamento de España. Como es de amplio dominio público, en octubre de 2017 el gobierno de Cataluña, contrariando expresamente la Constitución, convocó a un referéndum secesionista. Se trataba de que la gente se manifestase para que Barcelona se convirtiese en un Estado independiente y se desligase de España. La iniciativa terminó en un estrepitoso fracaso y sus responsables fueron procesados y sentenciados por los varios delitos cometidos.

Ahora, el nuevo gobierno de Pedro Sánchez ha presentado una ley para amnistiar a los secesionistas catalanes, de manera de asegurarse su continuación en el poder. En pocas palabras, lo que se quiere es olvidar lo que pasó, no obstante su inocultable gravedad. La Constitución española, sin embargo, no reconoce la figura de la amnistía de manera deliberada. A pesar de ello, el gobierno, recurriendo a la figura de que está permitido aquello que no está prohibido, insiste con su iniciativa.

Cuando los Parlamentos creen que lo pueden todo, el disparate resulta evidente.

*Abogado y fundado del original Foro Democrático.