Huawei Technologies Co. Ltd. obtuvo una resolución favorable en un procedimiento administrativo ante Indecopi contra una empresa peruana dedicada a la venta de accesorios para celulares. La autoridad concluyó que la comercialización de carcasas y cargadores identificados con signos iguales o similares a la marca Huawei infringió los derechos de propiedad industrial de la compañía china.
Resolución de Indecopi y riesgo de confusión
Según la Resolución N.° 0625-2025/CESD-INDECOPI, la Comisión de Signos Distintivos determinó que el uso del signo Huawei en productos como tapas traseras y cargadores generó un riesgo de confusión en el mercado. Se trataba de bienes idénticos o directamente vinculados a aquellos que distinguen las marcas registradas por Huawei en el Perú.
En ese contexto, Indecopi declaró fundada la denuncia, impuso una sanción económica y ordenó medidas correctivas contra la empresa denunciada.
Inicio del procedimiento administrativo
El proceso se inició el 15 de marzo de 2023, cuando Huawei presentó una denuncia contra Smartphones Peru S.A.C. por una presunta infracción a sus derechos marcarios. La empresa china sostuvo que la compañía peruana comercializaba carcasas y cargadores para celulares utilizando signos y variantes gráficas asociadas a su marca sin autorización.
La denuncia se sustentó en los literales c) y d) del artículo 155 de la Decisión 486 de la Comunidad Andina, que protege a los titulares de marcas frente al uso no autorizado de signos idénticos o similares que puedan inducir a confusión o riesgo de asociación.
Inspección y medidas cautelares
Tras admitir la denuncia, Indecopi ordenó una inspección en el local comercial de Smartphones Peru S.A.C., ubicado en el distrito de La Molina. La diligencia se realizó el 23 de agosto de 2023 y permitió constatar que la empresa se dedicaba a la venta de teléfonos móviles, accesorios y servicios de reparación.
Durante la inspección se ejecutaron medidas cautelares de cese de uso del signo y comiso de los productos cuestionados. Asimismo, se tomaron registros fotográficos que fueron incorporados como medios probatorios en el expediente administrativo.
Descargos de la empresa denunciada
En su defensa, la empresa peruana alegó que las carcasas incautadas no llevaban el logotipo oficial de Huawei, sino únicamente referencias al modelo del equipo al que estaban destinadas. También señaló que los productos eran genéricos y que habían sido adquiridos mediante proveedores locales y plataformas internacionales de comercio electrónico, como AliExpress.
En uno de sus escritos, la empresa indicó que el uso del término Huawei respondía únicamente a la identificación del modelo del celular, y no a la comercialización de productos oficiales de la marca.
Evaluación de pruebas y análisis marcario
La Comisión de Signos Distintivos evaluó los medios probatorios presentados por ambas partes, incluyendo comprobantes de pago, actas notariales, fotografías, reportes de ventas y actas de inspección.
Indecopi concluyó que los productos comercializados sí utilizaban el signo Huawei para identificar carcasas y cargadores, independientemente de que no reprodujeran el logotipo oficial en todos los casos. Además, se determinó que algunos documentos aportados por la empresa denunciada, como listas de pedidos de AliExpress, no eran relevantes para el análisis, al corresponder a fechas posteriores a la presentación de la denuncia.
Marcas registradas y riesgo de asociación
Uno de los aspectos centrales de la resolución fue el análisis del riesgo de confusión en el mercado. Indecopi verificó que Huawei es titular de diversas marcas registradas en la clase 09 de la Clasificación Internacional, que incluyen carcasas y cargadores para teléfonos móviles.
La Comisión concluyó que los signos utilizados por la empresa denunciada eran fonéticamente idénticos a la marca Huawei y que las diferencias gráficas o cromáticas no resultaban suficientes para evitar que el consumidor asumiera que se trataba de productos vinculados al titular de la marca. En consecuencia, se estableció la infracción al literal d) del artículo 155 de la Decisión 486.
Multa y medidas definitivas
Como resultado del procedimiento, Indecopi impuso una multa a Smartphones Peru S.A.C., calculada mediante el método ad-hoc previsto en el Decreto Supremo N.° 032-2021-PCM, tomando como referencia los ingresos obtenidos por la venta de los productos infractores.
De acuerdo con la información proporcionada por la propia empresa, las ventas de carcasas y cargadores identificados con el signo Huawei ascendieron a S/ 1.712 en el periodo evaluado. Además de la sanción económica, se ordenó el cese definitivo del uso del signo, el comiso de los productos infractores y el pago de costas y costos del procedimiento a favor de Huawei.