Por Kate Juárez Román
El 1 de mayo, día del Trabajador, es uno de los feriados más importantes en el Perú y viene con reglas claras sobre descanso y remuneración. Pero, ¿qué pasa si te toca trabajar ese día? La ley establece beneficios específicos que pueden traducirse en un pago triple, siempre que no haya descanso sustitutorio.
En entrevista con CARETAS, Alexandra Flores Mamani, analista legal de la Dirección de Prevención y Promoción de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), explicó los detalles que todo trabajador debe conocer.
¿Es obligatorio descansar el 1 de mayo?
De acuerdo con el Decreto Legislativo 713, ley de Descansos Remunerados, el trabajador tiene derecho a descansar el feriado del 1 de mayo y recibir su remuneración, tanto en el sector público como en el sector privado.
“El trabajador tiene derecho a percibir por el día feriado la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo, si es que descansa”, señaló Flores Mamani.
Esto significa que no necesitas trabajar para recibir ese pago: el descanso es remunerado y no debe ser compensado después.
¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 1 de mayo?
Si trabajas el feriado y no recibes descanso sustitutorio, por ley te correspondería un pago por tres conceptos.
“El primero es la remuneración correspondiente al día feriado, que ya está incluida en la remuneración mensual del trabajador que él percibe de manera habitual. El segundo concepto que va a percibir es una remuneración correspondiente a la labor efectuada. El tercero es un monto adicional que equivale a una sobretasa del cien por ciento de la remuneración correspondiente a la labor efectuada”, explicó la analista.
En términos simples, estos serían los conceptos:
- Remuneración por el feriado (ya incluida en tu sueldo mensual).
- Pago por el trabajo realizado ese día.
- Un adicional del 100% sobre ese pago diario.
¿Cómo calcular tu pago por trabajar el feriado?
Para saber cuánto te corresponde, primero debes calcular cuánto vale tu día de trabajo. Esto se hace dividiendo tu sueldo entre 30 (si es mensual), 15 (quincenal) o 7 (semanal).
“Dividiendo la remuneración que percibe entre siete, quince o treinta obtenemos la remuneración diaria”, indicó Flores Mamani.
Con ese monto base, se aplica el pago adicional y la sobretasa del 100% si no hay descanso compensatorio.
Para entender mejor el caso, la analista introduce un ejemplo a la narrativa. Si una persona recibe S/50 diarios, en el caso de que gane S/ 1. 500 al mes, recibiría a fin de mes sus S/1.500 +S/ 100 adicionales. Porque se pagan dos remuneraciones adicionales.
¿Qué pasa si te dan descanso sustitutorio?
En ese caso, no corresponde el pago triple. “Si el trabajador goza de un descanso sustitutorio, ya no habría una obligación de realizar un pago adicional”, aclaró la representante de Sunafil.
Este acuerdo debe darse entre empleador y trabajador por escrito, en el cual se establecerá la fecha en la que será recompensada este día. Por lo general, el descanso se otorga dentro de la semana o el mes siguiente.
¿Te pueden obligar a trabajar o recuperar horas?
No de forma arbitraria. El empleador debe llegar a un acuerdo con el trabajador, salvo situaciones excepcionales. “No se le puede imponer al trabajador laborar si no es un caso fortuito o de fuerza mayor que sea totalmente obligatorio o indispensable”, explica la especialista.
Además, la empresa no puede exigir que se recuperen las horas no trabajadas el 1 de mayo, ya que el descanso es un derecho reconocido por ley.
“La empresa no podría pedir una recuperación de horas porque por ley, de acuerdo al Decreto Legislativo 713, al trabajador le corresponde el descanso. Estas horas que él descansa no tienen que ser compensadas o recuperadas en lo posterior.”, señaló Flores Mamani.