La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima confirmó la sentencia que declara improcedente la demanda de habeas corpus que buscaba la excarcelación del expresidente, Alberto Fujimori.
El recurso fue interpuesto por los abogados José Antonio Manrique Salinas y Mauricio Fernando Anillas Gonzáles en contra el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Francisco Morales Saravia, por el supuesto de “atentado contra la libertad personal”.
La sala recordó que si bien, Fujimori había sido indultado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) el 24 de diciembre del 2017, los familiares de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta acudieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que resolvió que el control de convencionalidad sea ejercido por jueces y tribunales nacionales y se reservaron la facultad pronunciarse luego de dicha resolución.
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Luego, en el 2022 el TC declaró fundada la demanda de habeas corpus que restituía los efectos del indulto de PPK, sin embargo, la Corte IDH ordenó en abril del mismo año, que el Perú “debe abstenerse de implementar la sentencia”.
Por lo expuesto, la sala resolvió que no hay una vulneración del derecho a la libertad individual de Alberto Fujimori y declaró la demanda improcedente.