PJ ordena la disolución del Movadef y sentencia nuevamente a cúpula de Sendero Luminoso

La justicia cerró el “Caso Perseo” condenando a los operadores que buscaron la creación del organismo generado de SL.

por bryancondor

La Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional sentenció a 35 años de cárcel a seis miembros del Comité Central de la organización terrorista, Sendero Luminoso (SL), y ordenó la disolución del Movimiento por la Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), organismo generado con el cual quisieron formar parte de la vida política del país.

Esta pena es la que la sala que preside el juez superior Teófilo Salvador Neyra, impuso a Elena Iparraguirre alias “camarada Miriam”; Florindo Flores alias “camarada Artemio”; Osmán Morote, alias “camarada Remigio”; María Pantoja, alias “camarada Doris”; Margot Palacios, alias “camarada Noemí”; y Victoria Trujillo.

Los operadores de la creación del Movadef también fueron sentenciados por la justicia. De esta manera, Alfredo Crespo -exabogado del fallecido cabecilla de SL, Abimael Guzmán-; Fernando Olortegui, Atilio Cahuana; Carlos Gamero, Olmer Apac; y Zulma Peña fueron sentenciados a 16 años y tres meses de prisión por el delito de afiliación a una organización terrorista.

Por su parte, los otros 23 acusados del “Caso Perseo” recibieron penas de entre 16 y 15 de prisión efectiva por los mismos delitos.

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De acuerdo con la sentencia, el objetivo del Movadef sería tomar el poder por la vía electoral, continuando así el trabajo de SL, que intentó capturar el Estado por la fuerza entre 1980 y el 2000.

También se impuso el pago de una reparación civil de S/ 1 000 000 (un millón de soles) para la cúpula de SL y S/ 500 000 (medio millón de soles) a los operadores de Movadef.

La jueza Yaravi Villanueva, de la Corte Superior de Justicia de Lima, explicó a RPP que otro de los objetivos de este organismo generado de SL habría sido la liberación de los terroristas presos y la captación de nuevos miembros.

Asimismo, sostuvo que el Movadef fue considerado como una persona jurídica dentro del proceso y es por esta razón que se ordenó su disolución.

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