Comisión de Constitución aprobó delegar facultades legislativas solicitadas por el Ejecutivo en cuatro materias, por el plazo de 90 días

El Poder Ejecutivo tendrá facultades para legislar en materia de Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres-Niño Global, Meritocracia e Infraestructura Social y Calidad de Proyectos. Cabe indicar que, en su mensaje a la Nación, la presidenta de la República, Dina Boluarte, solicitó al Congreso facultades delegadas por espacio de 120 días.
La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso, que preside Martha Moyano, aprobó este viernes 15, el dictamen que propone delegar en el Poder Ejecutivo facultades para legislar en materia de Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres-Niño Global, Meritocracia e Infraestructura Social y Calidad de Proyectos, por el plazo de 90 días calendario.

Por 18 votos a favor y 4 en contra la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso aprobó, este viernes 15, el dictamen que propone delegar en el Poder Ejecutivo facultades para legislar en materia de Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres-Niño Global, Meritocracia e Infraestructura Social y Calidad de Proyectos, por el plazo de 90 días calendario.

De acuerdo a lo aprobado, en materia de Seguridad Ciudadana se faculta al Ejecutivo a actualizar la Ley 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el Decreto Legislativo 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, normativa y medidas en materia de seguridad ciudadana.

En prevención y atención de emergencias y urgencias; y garantía, mantenimiento y restablecimiento del orden, se precisa en su literal c): “Modificar el Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 635, en materia de delitos contra la seguridad y tranquilidad pública, sin afectar las libertades de información, opinión, expresión, difusión del pensamiento, así como el derecho de reunirse pacíficamente sin armas u otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política”.

En la Lucha contra la delincuencia y crimen organizado, se faculta a modificar “el Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por el Decreto Legislativo 957, con la finalidad de optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público, salvaguardando las atribuciones que la Constitución política otorga a cada institución de conformidad con lo dispuesto en los artículos 159 numeral 4 y 166”.

Con relación al fortalecimiento de la gestión pública para un mejor servicio, se faculta a modificar “el marco normativo para garantizar el derecho de los servidores a contar con igualdad remunerativa y social a través del ingreso al régimen del servicio civil, estableciendo reglas para el traslado de las entidades públicas señaladas en los literales a y g del artículo 1 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil al régimen del servicio civil regulado en dicha norma, de manera ordenada y oportuna. Las disposiciones a emitirse no comprenden modificaciones a la Ley 31419 a excepción de su artículo 6”.