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SODALICIO BLINDADO
La disolución del Sodalicio de Vida Cristiana ha puesto en el foco público el destino de su millonario patrimonio. Gran parte de sus activos fueron transferidos hace algunos años a la sociedad Acres a través de un fideicomiso, mecanismo que impide su reversión tras un plazo determinado. Según la legislación peruana, las objeciones a un fideicomiso deben presentarse en un plazo de 60 días tras su constitución. En el caso de los fideicomisos en garantía, los acreedores tienen hasta 180 días para impugnarlos. Superado ese tiempo, las modificaciones son prácticamente imposibles. Esto significa que los bienes trasladados por el Sodalicio a Acres quedaron blindados legalmente, impidiendo que puedan ser reclamados por terceros o revertidos a la orden en proceso de disolución. Un dato relevante es que en el directorio de Acres participó el actual alcalde de Lima, Rafael López Aliaga.

CUELLOS BLANCOS
Está por iniciarse el control de acusación –etapa previa al juicio oral– del caso Los Cuellos Blancos del Puerto, que estalló en julio de 2018, y costó la renuncia al cargo del presidente del Poder Judicial de la época, Duberlí Rodríguez. Los primeros días de diciembre del año pasado el Ministerio Público presentó acusación contra 46 personas por delitos como: organización criminal, tráfico de Influencias, cohecho activo especifico, cohecho activo propio, peculado, negociación incompatible, entre otros. El caso está cargo del juez Jorge Chávez Tamariz del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional. La acusación describe 113 hechos ilícitos por los cuales se piden penas que van desde los 4 hasta los 34 años de cárcel.
OTRO CAMBIO EN LA DINI
El gobierno de Dina Boluarte designó como nuevo jefe de la Dirección Nacional de Inteligencia al coronel PNP (r) Max Anhuaman en remplazo del almirante Max García Barrionuevo, en medio de pugnas y escándalos que parecen caracterizar crónicamente ese sensible sector. “ Ya son cuatro los jefes de inteligencia nacional en este gobierno y 22 tras la caída del SIN año 2000”, recordó el exdirector de la Escuela Nacional de Inteligencia Andrés Gómez de la Torre, al ser consultado, nocivo récord que en nada contribuye a la seguridad nacional. Especialmente si se toma en cuenta que la salida de García Barrionuevo se habría dado por los planes de adquisición de equipos de interceptación, de lo que Boluarte estaba plenamente informada.
SALARDI Y PETROPERÚ
El ministro de Economía y Finanzas, José Salardi, ha sido claro: “Cero soles” para Petroperú este año, enfatizando que la empresa debe optimizar su gestión sin esperar más recursos estatales. Esta postura ha generado inquietud en el Sindicato de Trabajadores Administrativos de Petroperú (STAPP), que en una carta abierta a la presidenta de la República expresó su preocupación por las declaraciones del ministro y sus reuniones con Carlos Paredes, expresidente de la empresa y crítico de su gestión actual. Aunque se expresa con cautela, parece que Salardi no dará su brazo a torcer.

VIZCARRA POR MAYORÍA
La resolución que confirmó la prolongación del impedimento de salida del país del expresidente Martín Vizcarra por seis meses, emitida por la Sala Penal de Apelaciones de Emergencia de la Corte Superior Nacional, fue por mayoría de dos votos contra uno. Votaron a favor los jueces superiores Édgar Medina Salas y Arturo Mosqueira Cornejo, mientras que el voto en discordia correspondió a su colega Luis Javiel Valverde. El expresidente afronta esta medida limitativa a raíz del juicio oral que se le sigue por el caso Lomas de Ilo – Hospital de Moquegua, donde se le imputa el delito de cohecho por presuntamente haber recibido un soborno de más de dos millones de soles. La justicia había impuesto anteriormente a Vizcarra impedimento de salida del país del 13 de noviembre de 2020 al 12 de mayo de 2022, y del 4 de enero de 2024 al 3 de enero de 2025. Valverde afirma en su voto de discordia que, “sostener que la prolongación del impedimento de salida del país es procedente bajo el argumento de que extiende una segunda medida coercitiva independiente de la primera, con plazos que comenzarían a corren nuevamente, no solo desvirtúa el sistema normativo de plazos (ordinario y prolongado), sino que también atenta contra el principio de legalidad. Esto se debe a que no existe en el ordenamiento procesal penal una norma expresa que permita a la parte legitimada presentar un nuevo requerimiento de impedimento de salida del país, una vez vencido el plazo ordinario de la medida coercitiva.