Escribe: Miguel Ramírez
La Policía Nacional del Perú (PNP) está en una de sus horas más difíciles, pues el Poder Judicial la obligaría a cumplir una orden que le es imposible ejecutar: brindar seguridad a cientos de dirigentes indígenas y demás personas denominadas “defensores de derechos humanos” que viven en recónditos pueblos en donde ni existen puestos policiales.
Aquello significará el despliegue de miles de efectivos que ni siquiera se dan abasto para combatir la delincuencia en la capital y una inversión millonaria con la que no cuenta.

“Ya hay una sentencia en primera instancia para que eso se cumpla. Hemos apelado. El proceso está por subir a una sala superior que dirimirá finalmente la situación”, dijo a CARETAS un vocero de la Procuraduría del Ministerio del Interior, entidad que tiene a su cargo la defensa de la PNP.
Este medio le pidió un comentario respecto de este grave acontecimiento al comandante general de la PNP, el general Óscar Arriola, pero no respondió.
Lo mismo sucedió con el abogado y periodista Glatzer Tuesta, del Instituto de Defensa Legal (IDL), quien recurrió al Poder Judicial en representación de los “defensores de derechos humanos”. Le escribimos un mensaje a su WhatsApp pidiéndole una entrevista sobre este tema. Lo leyó, pero no contestó. También se le llamó por teléfono, sin respuesta.
La Procuraduría del Ministerio de Justicia, también involucrada en este caso, tampoco quiso pronunciarse pese a que se le hizo la consulta a través de su correo electrónico oficial.
El problema se inició en abril del año 2021, cuando el Gobierno del expresidente Francisco Sagasti dictó un decreto supremo en el que primó más el sesgo político e ideológico antes que lo técnico y realista. En la actualidad, el caso tiene enfrentados a los ministerios del Interior (que representa a la Policía) y Justicia por la mencionada norma. En palabras sencillas, el Estado está enfrentado contra el propio Estado.
Es una verdad dolorosa e innegable que en los últimos años más de una docena de líderes indígenas han sido asesinados y otros sufren el asedio de las mafias del narcotráfico y la tala ilegal, por lo que necesitan medidas de protección. Pero de una manera distinta a la que se quiere imponer.
“Por más que queramos protegerlos, eso es inviable. Hemos querido darles garantías, pero los dirigentes indígenas viven en lugares lejanos. En la mayoría de los casos son tres o cuatro días de navegación para llegar a sus comunidades.
Se les podrá dar seguridad unos días, unas semanas, ¿pero después qué? La Policía hizo varios informes en los que sostuvo que la medida era técnicamente inejecutable. Esto va contra la Constitución.
La seguridad no se individualiza. Es para la sociedad en pleno”, dice el exviceministro del Interior y general PNP Jorge Cárdenas, quien durante su gestión dio a conocer a las altas esferas de los gobiernos que sucedieron al de Sagasti lo difícil —por no decir imposible— que será cumplir esa tarea.
CONTACTO EN ESCAZÚ
Todo empezó en marzo del año 2018, cuando varios países adoptaron el acuerdo de Escazú, entre ellos el Perú. Era el régimen del presidente Martín Vizcarra. El pacto comprometía al país a someterse a ese convenio en temas ambientales y en la defensa de personas o dirigentes llamados defensores del medio ambiente. Para que entrara en vigencia, el acuerdo debía ser aprobado por el Congreso de la República.
Vizcarra y su entonces ministra del Ambiente, Fabiola Muñoz, enviaron la propuesta al Parlamento. Durante varios meses, un grupo especial de la Comisión de Relaciones Exteriores se reunió con especialistas para evaluar el pedido, pero finalmente fue rechazado hasta en dos oportunidades. Lo central de la negativa era que en el país ya existía abundante legislación en materia ambiental. Y el acuerdo podría beneficiar a personas que no precisamente están comprometidas con la defensa del medio ambiente, y hasta podría poner en peligro las concesiones forestales dadas legalmente.
El Acuerdo de Escazú no fue aprobado. Se le recomendó al Gobierno del presidente Martín Vizcarra que retirase su firma.
EL DECRETO SAGASTI
Todo quedó allí nomás, en el olvido, hasta que el 17 de noviembre del 2020 el congresista Francisco Sagasti fue designado presidente de la República, en reemplazo de Manuel Merino. Como se recordará, Merino fue obligado a renunciar por las violentas protestas callejeras que desembocaron en la muerte de dos jóvenes manifestantes.
Sagasti nombró como ministros del Interior y de Justicia a José Elice y Eduardo Vega Luna, respectivamente. Es pública la relación de Sagasti y ambos ministros con sectores progresistas. Cinco meses después, en abril del 2021, dicho Gobierno emitió el Decreto Supremo 004-2021-JUS, que decretaba la “creación del mecanismo intersectorial para la protección de las personas defensoras de derechos humanos”. Entre ellos, como era obvio, estaban los defensores ambientalistas, líderes indígenas y otros que defendían terrenos forestales o de otra índole. Fue firmado, además de Sagasti, Elice y Vega, por los ministros del Ambiente, Cultura, Agricultura, Energía y Minas, Mujer, y el de Relaciones Exteriores. Esa norma sería la madre de todos los problemas.

El trabajo recayó especialmente en los sectores de Justicia e Interior. Se les dio un plazo de 30 días hábiles para que elaboraran un protocolo para la implementación de medidas urgentes de protección a favor de los denominados “defensores de derechos humanos”. La identificación de ellos tenía que hacerla el Ministerio de Justicia en coordinación con organizaciones indígenas, que, como es sabido, son altamente politizadas. También participó la ONG llamada Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. Nadie sabe qué personas fueron seleccionadas para recibir seguridad.
Por su parte, el Ministerio del Interior, a través de la PNP, tenía que desarrollar los mecanismos de protección para brindarles seguridad a los dirigentes que la necesitaran.
“En treinta días era imposible cumplir la norma. Se avanzó poco. Desde el primer momento, la PNP dijo que eso era inviable”, recordó un funcionario del Interior que participó en los debates. Terminado el gobierno de Sagasti, el mencionado decreto supremo pasó a formar parte del pasado, como algunas veces ocurre con otras normas. La bomba de tiempo, sin embargo, seguía allí esperando ser reactivada.
EL DECRETO DE PEDRO CASTILLO
En abril del año 2022, nueve meses después de asumir la presidencia, el izquierdista Pedro Castillo reactivó el caso. Emitió el Decreto Supremo 002-2022, que modificaba, pero no anulaba, el dado por Sagasti un año atrás. Esta vez, con más énfasis, obligaba al Ministerio del Interior a implementar inmediatamente las medidas de protección de los “defensores de derechos humanos” y las estrategias de financiamiento para hacerlo.
Otra vez, la PNP, justificadamente, reiteró que la medida era imposible de cumplir. “Imagínate, cuántos apus, líderes indígenas, hay en el país. Vamos a hablar de unos mil, por ejemplo. La norma quiere imponer que también les demos seguridad a sus familiares, que vienen a ser un promedio de cinco personas. Se requerirían miles de policías. ¿De dónde la institución sacará esa cantidad de efectivos? Es más, muchos de estos líderes están enfrentados entre sí por la tenencia de territorios.
Incluso cuando hay reclamos a los gobiernos, ellos mismos organizan las protestas que muchas veces son violentas. ¿Cómo vamos a neutralizarlos si son defensores de derechos humanos?”, dice el exviceministro del Interior Jorge Cárdenas.

APARECE EL IDL
El tema estaba estancado otra vez por las razones contadas, pero cuatro meses después, el 5 de agosto de ese 2022, la ONG IDL, representada por el abogado y periodista Glatzer Tuesta, y tres dirigentes de federaciones nativas presentaron ante el Poder Judicial una “acción de cumplimiento” a fin de que los ministerios del Interior y de Justicia cumplieran lo ordenado en los Decretos Supremos 004-2021-JUS (emitido por Sagasti) y 002-2022-JUS (dado por Pedro Castillo).
El caso recayó en el Sétimo Juzgado Constitucional, a cargo de la jueza Malbina Saldaña Villavicencio, quien el 24 de octubre del 2025 falló a favor de los demandantes. Como era obvio, las plataformas y páginas web de izquierda celebraron la sentencia. “Fallo histórico para defensores ambientales en Perú: PJ obliga al Mininter a crear nuevo protocolo policial para evitar agresiones”, tituló uno de ellos.
LA SENTENCIA SALDAÑA
La sentencia, a la que CARETAS tuvo acceso, refleja las discrepancias entre las procuradurías de los ministerios de Justicia e Interior debido a que no cuentan con los argumentos necesarios para poder cumplir con la controvertida ordenanza. “Los decretos suenan bonito. Se trata de proteger a dirigentes amenazados, pero la realidad es otra”, dijo a este medio un abogado del Estado que participa en las reuniones de coordinación.
Uno de los alegatos presentados por la Procuraduría del Ministerio de Justicia ante la jueza Malbina Saldaña refiere que se habían realizado cuatro reuniones regionales en Madre de Dios, Ucayali, San Martín y Loreto con dirigentes indígenas, pero el “obstáculo” para cumplir la norma se debía a que el Ministerio del Interior no presentaba los lineamientos de actuación para la protección de los dirigentes amenazados y en peligro.
Por su parte, la Procuraduría del Interior respondió ante dicha magistrada que el caso se trata de una “controversia compleja”, pues primero debía “determinarse si todos los ministerios vinculados al cumplimiento de los decretos, además de Interior y Justicia —también Relaciones Exteriores, Energía y Minas, Agricultura y la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas (DEVIDA)—, han cumplido con implementar las medidas a favor de las personas defensoras de derechos humanos”. Recién allí —se explicó— se ordenará la ejecución de acciones urgentes de protección que deberá ejecutar la Policía Nacional. Como se puede leer, ambas instituciones se atribuyen responsabilidades que no pueden asumir.
La jueza Saldaña sentenció a favor de los demandantes bajo un argumento central: el decreto supremo de Sagasti “es una norma que está vigente, no ha sido derogada” y el “mandato (para cumplirla) es directo y evidente”. Según la magistrada, no existe “controversia compleja” alguna.
El caso será visto por una sala superior. De ser ratificado y la norma no se cumpliera, los “defensores de derechos humanos” podrían solicitar millonarias indemnizaciones.
Una medida práctica sería que el actual Gobierno derogue los dos decretos supremos, pero eso, por el sesgo izquierdista del actual gobernante, es como pedirle peras al olmo. Y peor será si el próximo mandatario es de la misma línea ideológica. La Policía Nacional está al borde del jaque mate.












