Poder Judicial deniega demanda que pretendía ingreso de extranjera al Perú

por Edgar Mandujano

El Poder Judicial declaró infundado un habeas corpus que pretendía el ingreso al Perú de una persona extranjera, identificada con las iniciales M.F.G.C., a pesar de contar con una orden de impedimento impuesta por la Superintendencia Nacional de Migraciones. La decisión subraya que esta restricción no es arbitraria sino una expresión de la potestad soberana del Estado peruano.

El 5º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Callao resolvió así la demanda presentada por un tercero a favor de esta persona, de nacionalidad venezolana, y en contra de la Jefatura Zonal Callao de Migraciones.

A ella se le había negado el ingreso al país el pasado 28 de marzo, en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, debido a una alerta migratoria restrictiva como parte de una sanción de salida obligatoria aplicada años atrás por haber ingresado al país eludiendo el control migratorio. 

La defensa argumentó una supuesta vulneración del derecho a la libertad de tránsito; sin embargo, el fallo judicial rechazó esta alegación, aclarando en su punto 4.10 que, si bien el derecho de tránsito se reconoce tanto a nacionales como extranjeros, “no existe el derecho explícito a ingresar a otro país que no es el tuyo”.

El fallo también confirmó que no se privó de libertad a la persona en cuestión, señalando que en todo momento tenía abierta la posibilidad de retornar a su país de origen y que no estaba obligada a permanecer en la zona de tránsito internacional del aeropuerto, por más de dos semanas.

Finalmente, el juzgado ordenó el reembarque de la ciudadana extranjera en un vuelo gratuito hacia su país de origen, procedimiento que se llevó a cabo el día de ayer, sábado 13 de abril. 

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