En el marco de la campaña “Papá protege, nosotros también” y ante el incremento de compras por el Día del Padre, el Indecopi recordó a las tiendas por departamento que no pueden restringir el derecho de los consumidores a realizar cambios o devoluciones de productos adquiridos en outlets, promociones o campañas comerciales.
La institución advirtió que imponer este tipo de limitaciones podría constituir una cláusula abusiva, prohibida por el Código de Protección y Defensa del Consumidor, al colocar a los usuarios en una situación de desventaja injustificada.
El organismo de defensa del consumidor señaló que las empresas deben respetar los derechos de los compradores independientemente del precio pagado o del tipo de campaña comercial bajo la cual se haya realizado la adquisición.
Productos de outlets mantienen los mismos derechos
El Indecopi precisó que las tiendas no pueden utilizar avisos o carteles indicando que los productos adquiridos en outlets “no tienen derecho a cambios ni devoluciones”.
Según explicó la entidad, esta práctica contraviene la normativa vigente y puede afectar los derechos de los consumidores, quienes mantienen las mismas garantías legales sin importar si el producto fue adquirido con descuento o en una promoción especial.
La institución recordó que la reducción del precio no elimina las responsabilidades del proveedor respecto a la calidad y funcionalidad del producto ofrecido.
Condiciones excesivas también son consideradas abusivas
La entidad también advirtió sobre otras prácticas que podrían vulnerar los derechos de los consumidores.
Entre ellas, mencionó la exigencia de condiciones desproporcionadas para acceder a un cambio o devolución, como solicitar que los productos permanezcan completamente sellados, sin señales de uso o con todos sus empaques originales.
Estas restricciones, según el Indecopi, podrían constituir una barrera injustificada que limita el ejercicio de los derechos reconocidos por la ley.
¿Cuándo se puede exigir una devolución o cambio?
El organismo explicó que los consumidores tienen derecho a solicitar una solución cuando un producto presenta fallas, no cumple con las características ofrecidas o no resulta adecuado para el uso al que está destinado.
Este derecho se mantiene vigente independientemente de si la compra fue realizada durante una campaña comercial, una promoción especial o en un establecimiento outlet.
La entidad reiteró que la idoneidad del producto es una obligación que deben cumplir todos los proveedores que operan en el mercado peruano.
Indecopi puede imponer multas de hasta 450 UIT
Ante la detección de posibles cláusulas abusivas, los consumidores pueden presentar denuncias formales ante el Indecopi.
La institución tiene la facultad de ordenar la eliminación de dichas cláusulas y aplicar sanciones a las empresas infractoras.
Las medidas pueden ir desde una amonestación hasta multas que alcanzan las 450 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), dependiendo de la gravedad de la infracción.
Además, el organismo continúa desarrollando campañas informativas para fortalecer la protección de los consumidores y promover prácticas comerciales transparentes.
En resumen
El pronunciamiento del Indecopi busca reforzar la protección de los consumidores y recordar a las empresas que las ofertas, promociones y ventas en outlets no eliminan las garantías establecidas por la ley. Los usuarios conservan su derecho a exigir productos idóneos y a reclamar soluciones cuando estos presenten fallas o incumplan con lo ofrecido.