Conmutación de pena: más de 2,600 internos por deuda alimentaria podrían acceder al beneficio

INPE informó que 2,691 internos por omisión de alimentos podrán ser evaluados para reducir sus condenas si cumplen requisitos legales.

por Edgar Mandujano

Un total de 2,691 internos recluidos por el delito de omisión de prestación de alimentos podrían acceder a una reducción de sus condenas mediante la figura de la conmutación de pena, según informó el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

La medida está contemplada en el Decreto Supremo N.° 010-2026-JUS y permitirá que la Comisión de Gracias Presidenciales evalúe las solicitudes de quienes cumplan con los requisitos establecidos por la norma.

El principal requisito es haber cancelado al menos el 70 % de la deuda alimentaria impuesta por sentencia judicial a favor de los beneficiarios.

Conmutación de pena: ¿Quiénes podrán acceder al beneficio?

La norma no implica una liberación automática. Cada caso deberá ser revisado individualmente por la Comisión de Gracias Presidenciales.

Podrán solicitar la conmutación los internos que se encuentren en régimen cerrado ordinario, no tengan más de una condena efectiva y tampoco registren procesos penales pendientes.

Además, deberán acreditar el pago mínimo exigido de la deuda alimentaria, una condición que busca garantizar que el beneficio contribuya al cumplimiento de las obligaciones económicas con hijos y otros alimentistas.

Medida busca reducir el hacinamiento en los penales

El Ejecutivo señala que esta disposición tiene un doble objetivo. Por un lado, incentivar el pago de las obligaciones alimentarias y, por otro, contribuir a aliviar la sobrepoblación que enfrentan numerosos establecimientos penitenciarios del país.

La medida tendrá carácter excepcional y temporal, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028.

De acuerdo con el INPE, la población penitenciaria por este delito representa un grupo importante dentro del sistema carcelario, por lo que la aplicación de este mecanismo podría tener impacto en la reducción del hacinamiento.

Pagos realizados antes de la norma también serán válidos

El decreto también contempla a quienes ya habían avanzado en la cancelación de sus obligaciones antes de la entrada en vigor de la norma.

Las deudas alimentarias pagadas previamente podrán ser consideradas durante la evaluación de las solicitudes. Asimismo, los trámites iniciados antes de la publicación del decreto deberán adecuarse a las nuevas disposiciones establecidas por el Ministerio de Justicia.

Con ello, se busca evitar que quienes realizaron esfuerzos para ponerse al día con sus obligaciones queden fuera del beneficio.

Más de mil condenados ingresaron a prisión este año

Las estadísticas del INPE muestran que el delito de omisión de prestación de alimentos sigue teniendo una alta incidencia en el sistema penitenciario peruano.

Solo entre enero y marzo de 2026 ingresaron a los penales del país 1,196 personas sentenciadas por incumplir sus obligaciones alimentarias, según datos de la Unidad de Estadística de la institución.

La cifra refleja la persistencia de este problema y el desafío que representa garantizar el cumplimiento efectivo de las resoluciones judiciales vinculadas al pago de pensiones alimenticias.

La nueva disposición permitirá que 2,691 internos condenados por omisión de prestación de alimentos puedan ser evaluados para una eventual conmutación de pena. Sin embargo, el beneficio estará condicionado al pago de al menos el 70 % de la deuda alimentaria y al cumplimiento de otros requisitos legales. La medida busca combinar la reducción del hacinamiento penitenciario con el fortalecimiento de la responsabilidad frente a las obligaciones familiares.

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