Cancillería afirma que informe de la ONU sobre caso Pedro Castillo "no constituyen decisiones jurisdiccionales obligatorias"

El Ministerio de Relaciones Exteriores señaló que la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU sobre Pedro Castillo no constituye una sentencia internacional.

por Jesus Maza
La Cancillería de Carlos Pareja se pronunció sobre el informe de la ONU que pide la libertad de Pedro Castillo. Foto: composición Caretas/Andina

La Cancillería se pronunció sobre la opinión emitida por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria (GTDA) del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) respecto al expresidente Pedro Castillo. A través del Comunicado de Prensa N.° 030-26, precisó que dicho pronunciamiento no tiene carácter jurisdiccional ni resulta obligatorio para el Estado peruano.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, dirigido por Carlos Pareja, explicó que las opiniones de este mecanismo forman parte de un procedimiento especial de la ONU y constituyen recomendaciones elaboradas por expertos independientes.

Caso Pedro Castillo: Cancillería peruana se pronuncia sobre informe de la ONU

En su comunicado, la Cancillería indicó que el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria integra los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y tiene la función de examinar comunicaciones individuales para formular opiniones y recomendaciones dirigidas a los Estados.

Asimismo, sostuvo que, conforme al derecho internacional público, las opiniones de este grupo corresponden a un mecanismo de supervisión no jurisdiccional cuyo objetivo es promover el diálogo y la cooperación internacional en materia de derechos humanos.

Por ello, enfatizó que "no tienen la naturaleza jurídica de una sentencia internacional, no constituyen decisiones jurisdiccionales obligatorias y no producen, por sí mismas, efectos directos en el ordenamiento jurídico interno".

¿Qué dice el informe de la ONU sobre Pedro Castillo?

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria concluyó que la detención de Pedro Castillo fue "arbitraria" y recomendó al Estado peruano disponer su liberación inmediata, además de otorgarle una indemnización y otras formas de reparación conforme al derecho internacional. El documento también planteó investigar las presuntas irregularidades ocurridas durante el proceso seguido contra el exmandatario.

Los expertos consideraron que la privación de libertad vulneró garantías fundamentales y señalaron que la captura careció de base legal suficiente. Sin embargo, el Gobierno peruano respondió que la opinión del grupo no posee carácter vinculante y, por tanto, no altera las resoluciones emitidas por las instancias nacionales competentes.

¿Qué efectos legales tiene la opinión del Grupo de Trabajo de la ONU en el Perú?

La Cancillería peruana reiteró que las opiniones del Grupo de Trabajo de la ONU constituyen recomendaciones emitidas dentro de un mecanismo de supervisión internacional y no equivalen a fallos de un tribunal internacional.

En consecuencia, el Ejecutivo sostuvo que estos pronunciamientos no obligan al Estado peruano a modificar decisiones judiciales o administrativas relacionadas con el caso de Pedro Castillo, al no tener efectos jurídicos directos en el sistema legal peruano.

Por su lado, el exmandatario, citando el escrito de las Naciones Unidas, señaló que, de no acatar lo dispuesto por el organismo internacional, se estaría confirmando "la persecución política" en su contra. "Esta decisión confirma, de manera inequívoca, que mi encarcelamiento nunca tuvo justificación y que se llevó a cabo vulnerando normas fundamentales del constitucionalismo, el antejuicio político, el debido proceso y los acuerdos internacionales", enfatizó.

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