La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) modificó las disposiciones para la prestación del servicio educativo superior universitario bajo modalidades semipresencial y a distancia ―aprobadas en el 2020 ― para que las universidades puedan ofrecer el servicio educativo a la población penitenciaria, así lo establece la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2023-SUNEDU/CD.
Asimismo, se ha contemplado que a las universidades que cuenten con esta oferta educativa podrán reconocer lo invertido como parte de sus acciones de responsabilidad social universitaria, la cual debe ser, como mínimo del 2% de su presupuesto según lo establecido en la Ley Universitaria.
Además, se dispone que los programas académicos especialmente diseñados para internos de establecimientos penitenciarios deben cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad establecidas en el Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia, conforme a las disposiciones de la Ley N° 31840 y su reglamento.
Estas modificaciones buscan fortalecer la inclusión y equidad en la educación superior universitaria, garantizando el acceso y calidad educativa para todos los sectores de la sociedad y son el resultado del trabajo conjunto entre el Ministerio de Educación y la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, como responsable de verificar el cumplimiento de Condiciones Básicas de Calidad (CBC) de los servicios de educación superior universitaria, así como del INPE y el Ministerio de Justicia, quienes trabajan para la resocialización de la población penitenciaria.