El Tribunal Constitucional (TC) publicó oficialmente el fallo en que declaran infundada la demanda competencial que formuló el Congreso de la República en contra del Poder Judicial (PJ). La demanda fue rechazada por cuatro votos contra cero.
La controversia que enfrentó a los poderes Legislativo y Judicial inició cuando la Primera Sala Constitucional de Lima concedió una medida cautelar que repuso en la Junta Nacional de Justicia (JNJ) a los entonces magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez, quienes previamente habían sido inhabilitados políticamente.
En la demanda, el Parlamento citaba una sentencia del TC que sostenía que las decisiones que el Congreso tome en los juicios políticos no pueden ser revisadas ya que “la decisión sustantiva es, en puridad, una decisión política”. Pero la titular de este órgano de justicia, Luz Pacheco, argumentó que ese mismo fallo reconoce que el PJ puede revisar las decisiones parlamentarias si estas afectan derechos fundamentales.
Por su parte, el magistrado Helder Domínguez sostiene que, por su carácter provisional, la concesión de la medida cautelar a Inés Tello y Aldo Vásquez no menoscabó las competencias del Congreso, ya que este poder del Estado tenía las herramientas para impugnar esta decisión mientras no hubiera sentencia firme.
LEE | Jorge Barata no colaborará con la justicia peruana, dice su abogado
El tribuno Manuel Monteagudo, en su voto, expone que los actos de los poderes públicos deben estar sujetos al control respectivo, ya que esto es garantía de la institucionalidad democrática y al mismo tiempo, es reconocer el carácter jurídico de la Constitución.
“El resultado de tomarse en serio los derechos fundamentales y los valores de la democracia acogidos en el texto constitucional se traduce en que el control judicial alcanza incluso a espacios que antes eran exclusivos de la política (…) es deber de los jueces garantizar el fiel cumplimiento de los mandatos constitucionales”, agrega.
Por último, César Ochoa sostiene que, si bien hay actos de poderes públicos que no se pueden revisar judicialmente, el “blindar” a todos los actos parlamentarios del control en los tribunales, “deja abierto el camino sin retorno a la tiranía de las mayorías parlamentarias”.