El Poder Judicial rechazó el habeas corpus presentado por el abogado de Pedro Castillo, Walter Ayala, quien argumentó que el ex presidente estaba siendo víctima de violencia moral, psíquica y física mientras se encontraba recluido en el penal de Barbadillo. La sentencia del Noveno Juzgado Constitucional determinó que no se había vulnerado ningún derecho fundamental de Castillo y, por lo tanto, archivó la demanda.
La acción legal se basó en la denuncia de que Castillo no recibía la atención médica adecuada durante su huelga de hambre, iniciada como protesta por lo que él consideraba un juicio imparcial. Sin embargo, el tribunal aclaró que las sanciones impuestas al ex mandatario por su comportamiento dentro del penal eran legales y no constituían tortura o trato inhumano.
El informe médico presentado en el fallo destacó que, a pesar de su traslado de emergencia al Hospital II Vitarte de EsSalud, Castillo se encuentra estable, aunque su salud se deterioró debido a los efectos de la huelga de hambre. La sentencia también indicó que su estado físico había generado trastornos del sensorio y somnolencia, pero que estaba recibiendo la atención médica correspondiente.
El Poder Judicial también subrayó que en el penal de Barbadillo hay un médico encargado de monitorear el estado de salud de Castillo, refutando las acusaciones de que el ex presidente no estaba siendo debidamente atendido. Con esta resolución, se cierra la demanda presentada a favor de Castillo en relación a su huelga de hambre.