El dictamen que propone la disolución de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la Academia de la Magistratura (AMAG) y la creación de la Escuela Nacional de la Magistratura (ENM) fue aprobado por la Comisión de Constitución controlada por la fujimorista Martha Moyano, pero no fue puesto a consideración del Pleno ni se tomó en cuenta las posturas de las instituciones que se busca desaparecer.
La abogada Cruz Silva explicó a CARETAS que debido a que el dictamen no contempla que la ENM pueda destituir a los magistrados supremos, la interpretación facultaría a que solo el Senado pudiera hacerlo. Si se suma a esto que los miembros de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y el Ministerio Público -encargados de sancionar a magistrados de menor rango- también podrían ser removidos por la cámara alta por “causa grave”, el control del Legislativo hacia el sistema judicial se hace evidente.
La especialista sostiene que esto le daría al Parlamento el dominio del control disciplinario al que son sometidos los operadores de justicia. “Pueden repetirse escenarios de arbitrariedad, como cuando el Congreso sanciona sin tipificar qué es una causa grave”, señala y advierte que esto podría afectar a los jueces o fiscales que investiguen a políticos con cargos vigentes o a sus correligionarios.
“No solo es el cierre de la carrera judicial y fiscal, sino la intromisión del poder político en el sistema de justicia”, agregó.
El cierre de la JNJ también implica que el Senado tenga la facultad de designar y remover a los jefes de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), instituciones que conforman el sistema electoral.
Otra de las preocupaciones que genera el dictamen de la iniciativa de Gladys Echaíz (Honor y Democracia), es la conformación del Consejo Directivo de la ENM, que según Silva, cierra la participación de representantes de la sociedad civil y de otras instituciones.
La especialista explicó que, de aprobarse la reforma, la nueva JNJ cesaría de sus funciones y que la nueva institución podría ejercer, transitoriamente, las mismas, lo que demoraría aún más los procesos de ratificación o sanción que tienen pendientes.
La propuesta de Alejandro Muñante (Renovación Popular) de prohibir que los operadores de justicia den opiniones políticas, también fue criticada, debido a que para Silva, el legislador no está diferenciando la política partidaria de los temas de interés público -como la separación de poderes o su independencia- en los que sí pueden pronunciarse.
“La prohibición está relacionada a que los postulantes no estén inscritos ni sean cercanos a grupos políticos”, detalló.
También expresó su preocupación por la falta de garantías que habría en la selección de los nuevos miembros de la JNJ debido a que muchos de los miembros de la comisión especial no han mostrado independencia frente a las acciones del Parlamento. “Si los nuevos integrantes coinciden con los intereses del Congreso, se tendría cooptada la elección de jueces y fiscales”, advirtió.
Asimismo, señaló que reemplazar a la JNJ por los expresidentes del Tribunal Constitucional no es factible, debido al escenario en que los nuevos evaluadores no actúen con imparcialidad o la posible impunidad que se generaría en las investigaciones en curso.
En esa línea, indicó que los fiscales superiores tampoco podrían asumir las funciones de la Junta de Fiscales Supremos debido a que no se cumple con ninguna de las causales objetivas que ameritarían su salida, que de darse, sería inconstitucional e infringiría la garantía de inamovilidad, vinculada directamente con la independencia judicial reconocida en la Convención Americana de Derechos Humanos.
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Pero las reformas que impulsa el Congreso no se agotan ahí, sino que también buscan quitarle a la Fiscalía la facultad de realizar la investigación preliminar y dársela a la Policía. Pero los especialistas consultados advierten que esto podría ser contraproducente.
El abogado penalista Jorge Zúñiga explicó que la Fiscalía está a cargo de la dirección jurídica de las pesquisas, mientras que la parte operativa le corresponde a la Policía. Esto debido a que la formación de los fiscales les permite conocer mejor la tipificación de los delitos y estar preparados para investigar delitos complejos como lavado de activos.
Si la norma se aprueba, advierte el jurista, esto ocasionaría que haya menos policías en las calles, debido a que estos tendrían que estar en sus oficinas investigando los delitos.
Zúñiga Escalante advirtió que el dar a la Policía la facultad de decidir cuándo se abre una investigación preliminar buscaría que la institución del orden pueda saltarse el control fiscal a sus métodos. Esta postura fue compartida por la exintegrante del Mecanismo para la Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo, Magali González.
Para la abogada, se debe tomar en cuenta que ya se ha modificado el plazo por el cual un ciudadano puede ser retenido en los controles de identidad, y que ya no se necesita la autorización judicial para una incautación, entre otros cambios. “Ya se están dando una serie de modificaciones legales que le están quitando al MP su rol de supervisor de la legalidad”, sostuvo.
Mientras tanto, Zúñiga recordó que el origen del Código Procesal del 2004 es la comprobación de las investigaciones policiales, con frecuencia violaban derechos fundamentales “porque en el furor de una hipótesis policial, no necesariamente se respetaban las garantías mínimas que permitan llegar a la verdad”.
Gonzáles por su parte, observó que aún con la vigencia de dicho código, existen casos de amenazas, abuso físico y psicológico de parte de policías a intervenidos y que la mayoría de ellos, nunca son sancionados.
“La Policía, como cualquier funcionario, si no está sujeto a control, es susceptible de cometer abuso de autoridad”, comentó.
Ambos especialistas advirtieron que la reforma podría dar paso a la impunidad, debido a que la Policía sería la encargada de decidir si un caso debería pasar a ser formalizado o si pasa al archivo.