El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Oeste 3 puso en alerta a las organizaciones políticas de cara a las Elecciones Generales 2026. De acuerdo con dos informes de fiscalización recientemente publicados, los candidatos a diputados Sigrid Bazán, por el partido Venceremos, y Alejandro Cavero, por Avanza País, habrían consignado información falsa en sus Declaraciones Juradas de Hoja de Vida (DJHV). El ente electoral detectó que ambos omitieron datos fundamentales sobre su trayectoria laboral y académica de la última década, lo que contraviene la normativa vigente que exige transparencia total en los antecedentes de quienes aspiran a un cargo público.
El caso de Sigrid Bazán
En el caso de la congresista Sigrid Bazán, quien busca la reelección, el informe de fiscalización se originó a raíz de una denuncia ciudadana. El JEE verificó que la candidata declaró no tener información por registrar en los rubros de estudios de posgrado y experiencia laboral. No obstante, al contrastar esta declaración con los registros históricos del sistema SIPE, se determinó que Bazán debió declarar su trabajo como conductora en la Compañía Latinoamericana de Radiodifusión S.A. entre los años 2018 y 2020. Asimismo, tras una consulta formal a la PUCP, la universidad confirmó que la candidata cursó una maestría en Estudios de Género en el ciclo 2020-1, aunque no ostenta el grado ni la condición de egresada, por lo que su declaración de «no tener información por declarar» fue calificada como presunta información falsa.
El caso de Alejandro Cavero
Por otro lado, el informe correspondiente a Alejandro Cavero señala omisiones similares relacionadas con su trayectoria en el sector público y privado. El fiscalizador electoral concluyó que el candidato de Avanza País omitió declarar su labor como consultor de asuntos públicos en la empresa Invertir Consultores Asociados SAC durante el periodo comprendido entre enero y agosto de 2020. El documento también precisa que Cavero no incluyó en su hoja de vida su desempeño como técnico del grupo parlamentario Peruanos por el Kambio en el Congreso de la República durante los años 2018 y 2019. Al igual que en el caso anterior, estos antecedentes figuran en los repositorios oficiales, lo que sustenta la advertencia del JEE sobre la consignación de datos inexactos.
Sanciones administrativas
La Ley de Organizaciones Políticas (LOP) establece un procedimiento riguroso ante la verificación de falsedad en la información de los candidatos. En una primera instancia, el JEE procede a la corrección de los datos en la hoja de vida pública para conocimiento del electorado. Posteriormente, se evalúa la imposición de una multa que puede oscilar entre 1 y 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Finalmente, los actuados deben ser remitidos al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones legales. Por el momento, el ente electoral ha recomendado correr traslado a los partidos políticos involucrados para que emitan sus descargos correspondientes antes de que el pleno del jurado emita una resolución definitiva sobre estas candidaturas.