El Jurado Electoral Especial (JEE) de Cusco declaró improcedente la candidatura del congresista Luis Ángel Aragón Carreño, quien buscaba postular a la Cámara de Diputados por el partido Avanza País en las Elecciones Generales 2026.
La decisión se sustenta en el incumplimiento de un requisito legal esencial: la falta de una autorización válida que le permita postular por una organización política distinta a Acción Popular, partido al que actualmente se encuentra afiliado.
Autorización presentada no tiene validez legal
Según la resolución del JEE, la autorización que Luis Aragón presentó para postular por Avanza País fue firmada por el personero legal de Acción Popular, quien no tiene competencia para otorgar dicho permiso.
De acuerdo con la Ley Orgánica de Elecciones, esta autorización solo puede ser emitida por el secretario general del partido o por la autoridad expresamente facultada en el estatuto de la organización política, requisito que no fue cumplido en este caso.
Falta de acta de designación como candidato invitado
El Jurado Electoral Especial también advirtió que no se presentó el acta que sustente la designación directa de Luis Aragón como candidato invitado, es decir, no elegido mediante elecciones primarias.
Esta omisión impidió acreditar correctamente su inclusión en la lista de Avanza País, lo que constituye otra infracción al marco normativo electoral vigente.
Contexto político de la exclusión
La postulación de Aragón generó cuestionamientos luego de que Acción Popular fuera excluido de las Elecciones Generales 2026. Tras ello, el partido acordó no autorizar que sus militantes postulen con otras organizaciones políticas.
Pese a esta decisión interna, Luis Aragón fue incluido como candidato a diputado por Cusco en la lista de Avanza País, lo que motivó la revisión de su inscripción por parte del JEE.
Candidatura puede ser apelada ante el JNE
El Jurado Electoral Especial precisó que, conforme a la normativa electoral, el congresista Luis Aragón puede apelar la resolución ante el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que actuará como última y máxima instancia administrativa.
Hasta que se resuelva una eventual apelación, la improcedencia de su candidatura se mantiene vigente dentro del proceso electoral.
Otras candidaturas declaradas improcedentes
Además de Luis Aragón, el JEE de Cusco declaró improcedentes las candidaturas de Karerina Bayona Olivera y Milton César Pechuga Melgar.
En el caso de Bayona Olivera, no se presentó la declaración jurada obligatoria de consentimiento y veracidad de la hoja de vida, mientras que Pechuga Melgar no acreditó haber solicitado licencia sin goce de haber, pese a laborar en una entidad pública.
Lista de Avanza País continúa en carrera
Pese a estas exclusiones, el Jurado Electoral Especial aclaró que la improcedencia de los tres postulantes no invalida la lista completa presentada por Avanza País.
Los demás candidatos mantienen su inscripción y continúan en carrera electoral, conservando el orden original de la nómina.