CIDH solicita a Perú informe sobre el cumplimiento de resolución ante posible indulto a Alberto Fujimori

Organismo insta al Estado peruano a presentar sus descargos antes del 6 de diciembre en relación con la liberación ordenada por el Tribunal Constitucional.
CIDH y Alberto Fujimori.
CIDH y Alberto Fujimori.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha requerido al Estado peruano un informe detallado sobre el cumplimiento de la resolución emitida el 7 de abril de 2022. Este pedido surge como respuesta a la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional, la cual ordena la liberación del expresidente Alberto Fujimori, actualmente encarcelado por crímenes contra la humanidad.

Siguiendo las indicaciones del Presidente del Tribunal, se ha solicitado al Estado que, a más tardar el 6 de diciembre de 2023, presente un informe que contemple sus observaciones al documento de los representantes, teniendo en cuenta las directrices establecidas por la CIDH en su resolución de abril de 2023.

El presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Morales Saravia, instó el pasado miércoles 29 de noviembre a las autoridades peruanas a proceder con la liberación de Fujimori, desafiando la orden opuesta emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Morales Saravia explicó que la decisión se ha remitido al juez encargado de ejecutar un habeas corpus presentado en la región de Ica en favor del exgobernante.

Ante esta solicitud de la máxima autoridad del Tribunal Constitucional, la CIDH respondió exigiendo al Estado peruano «remitir información actualizada y detallada sobre el cumplimiento de lo ordenado en el punto resolutivo segundo de la referida Resolución de la CIDH».

La CIDH hace referencia a la resolución del 7 de abril de 2022, que establece que el Estado peruano debe abstenerse de implementar la sentencia del Tribunal Constitucional que restituye el indulto por razones humanitarias a Alberto Fujimori. La corte argumenta que esta sentencia no cumplió con las condiciones determinadas en la Resolución de supervisión de cumplimiento de sentencias del 30 de mayo de 2018.