El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) autorizó el viaje al exterior del superintendente nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, Javier Eduardo Franco Castillo, quien participará en dos encuentros internacionales clave sobre tributación y cooperación fiscal que se desarrollarán en Japón y Panamá, entre el 28 de febrero y el 7 de marzo de 2026.
La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.° 040-2026-EF/10, publicada con la firma de la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Miralles Miralles, y establece que el viaje se realizará en comisión de servicios, con gastos cubiertos por el presupuesto institucional de la SUNAT.
Participación en conferencia internacional en Japón
El primer destino del viaje será la ciudad de Tokio, donde el titular de la SUNAT participará en la “Conferencia sobre Tributación y Desarrollo”, organizada por la Plataforma de Colaboración en Materia Fiscal (PCT), los días 2 y 3 de marzo de 2026.
Esta plataforma es una iniciativa conjunta del Fondo Monetario Internacional (FMI), la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Grupo del Banco Mundial (GBM), orientada a fortalecer la movilización de recursos internos y la cooperación fiscal internacional, especialmente en países en desarrollo.
De acuerdo con el MEF, el evento busca promover el diálogo global sobre los desafíos actuales de la tributación, así como el intercambio de experiencias para mejorar la recaudación fiscal, la transparencia y la sostenibilidad de los sistemas tributarios.
Reunión del Consejo Directivo del CIAT en Panamá
Tras su participación en Japón, el superintendente de la SUNAT se trasladará a la ciudad de Panamá, donde asistirá a la reunión del Consejo Directivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), programada para los días 5 y 6 de marzo de 2026.
El CIAT es un organismo internacional público sin fines de lucro que promueve la cooperación técnica y el intercambio de buenas prácticas entre las administraciones tributarias de la región. El Perú forma parte de este organismo, y la SUNAT integra su Consejo Directivo desde abril de 2024, por un período de dos años.
La agenda del encuentro incluye la aprobación de actas, la evaluación del Plan Operativo Anual 2025-2026, la propuesta del plan para el período 2026-2027, así como la revisión de informes financieros, presupuestarios y del subcomité asesor de asuntos financieros.
Interés institucional y objetivos estratégicos
Según lo señalado en la resolución ministerial, la participación de Javier Franco en ambos eventos responde a un interés institucional, alineado con los objetivos estratégicos de la SUNAT, orientados a mejorar el cumplimiento tributario y aduanero de los contribuyentes.
El MEF considera que la presencia del titular de la SUNAT en estos foros permitirá fortalecer la posición del Perú en espacios de toma de decisiones internacionales, así como acceder a herramientas y experiencias que contribuyan a modernizar la administración tributaria nacional.
Asimismo, se destaca que en el Consejo Directivo del CIAT se adoptarán decisiones relevantes para la gestión futura del organismo, lo que hace indispensable la participación del representante peruano.
Detalle de gastos y condiciones del viaje
La resolución precisa que los gastos del viaje se financiarán con cargo al presupuesto de la SUNAT, respetando las disposiciones vigentes sobre viajes al exterior de funcionarios públicos, que establecen el uso de categoría económica.
El detalle autorizado es el siguiente:
- Pasajes aéreos: US$ 7 397.89
- Viáticos (4 días en Japón y 2 días en Panamá): US$ 2 630.00
Además, se dispone que el funcionario deberá presentar, dentro de los 15 días calendario posteriores al viaje, un informe detallado sobre las actividades realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas correspondiente.
Marco legal y disposiciones finales
La autorización se sustenta en lo dispuesto por la Ley N.° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N.° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM, que establece las normas reglamentarias en esta materia.
Finalmente, la resolución aclara que el viaje no otorga derecho alguno a exoneraciones o liberaciones de impuestos aduaneros a favor del funcionario comisionado.