A pesar de pedido de la Fiscalía, nueva ley impide mandar presos a involucrados de “Waykis en la Sombra”

¿Se atreverá Concepción Carhuancho a mandarlos presos a pesar de que la ley lo prohíbe expresamente?     

por Edgar Mandujano

El EFICCOP de la fiscal Marita Barreto vuelve ante el juez Richard Concepción Carhuancho para imponer prisión preventiva por 36 meses contra Nicanor Boluarte y su exabogado Mateo Castañeda. La audiencia se realiza hoy, viernes 9, a partir de las 2:30 de la tarde.

Hay que recordar que, en mayo pasado, la Quinta Sala de Apelaciones Nacional revocó la detención preliminar de ambos. El colegiado integrado por Sonia Torres Muñoz, Rafael Sologuren Anchante y Jhonny Contreras Cuzcano, le enmendaron la plana a Concepción Carhuancho y dejaron sin efecto la medida por considerar que no se cumplía con el presupuesto de peligro procesal en ninguna de sus manifestaciones. Entonces, los jueces cuestionaron con severidad el análisis de Concepción Carhuancho, conocido desde que mandaba presos preventivamente a todos los que requerían los fiscales del equipo Lava Jato, encabezados por José Domingo Pérez y Rafael Vela.

Esta vez los cargos son similares, aunque se ha retirado del menú la novela del coronel Harvey Colchado y el agente encubierto, que incluyó al exministro Carlos Morán y una seguidilla de “sembradas” para forzar figuras delictivas a como dé lugar.

La novedad estriba en la presencia de Víctor Torres Merino, amigo de infancia de los Boluarte, que se acogió a la colaboración eficaz y brindó información que da cuenta de la influencia de Nicanor Boluarte en la designación de prefectos y subprefectos a cambio de apoyo para inscribir al partido Ciudadanos por el Perú. También a supuestos favores con designaciones, o intentos que no llegaron a designaciones, en Provías y el Instituto Peruano del Deporte.

Lo que la fiscal Barreto y su equipo no parecen seguir es el suplemento legal del diario oficial. Desde hoy rige la ley 32108, que modifica el delito de organización criminal, tipificación que ha servido de base central para el proceder de la Fiscalía desde Lava Jato en adelante, incluyendo este caso y los demás tiros al aire de Barreto y compañía.

En el artículo 317.2 “se considera organización criminal a todo grupo con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa compuesto por tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles correlacionados entre sí, para la comisión de delitos graves sancionados con pena privativa de libertad mayor de seis años, con el fin de obtener, directa o indirectamente, el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico”.

Ahora la organización criminal se limita a aquellas que trabajan en una “economía o mercado ilegal”. Hay que recordar que la ley original fue pensada para combatir a secuestradores, asesinos y extorsionadores.  

El penalista Carlos Caro Coria publicó en su cuenta de X que “la Fiscalía tendrá, irremediablemente, que retirar o adaptar el pedido de prisión preventiva de 36 meses contra Nicanor Boluarte y otros”.

¿Se atreverá Concepción Carhuancho a mandarlos presos a pesar de que la ley lo prohíbe expresamente?     

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