El Ministerio de Salud (Minsa) ha dispuesto la publicación del proyecto de resolución ministerial que establece la lista de productos y servicios prohibidos de comercializar y ofrecer en farmacias, boticas, y otros establecimientos de salud en todo el país. Esta medida se enmarca en lo dispuesto por la Ley N° 29459, que regula los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.
La Oficina de Transparencia y Anticorrupción del Minsa será la encargada de hacer pública la propuesta, con el fin de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las instituciones y la ciudadanía. Los interesados podrán enviar sus observaciones a través del correo electrónico webmaster@minsa.gob.pe o entregarlas de manera presencial en la mesa de partes del Minsa, ubicada en la Avenida Salaverry N° 801 – Jesús María, durante el horario de 8:30 a 16:30 horas, por un plazo de 15 días calendario.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N° 419-2025/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Minsa se encargará de recibir, procesar y sistematizar las observaciones, para la elaboración de la propuesta final que regirá la comercialización de ciertos productos en el país.
Este proyecto de resolución busca garantizar la salud pública y la seguridad de los consumidores, regulando estrictamente qué productos pueden ser ofrecidos en farmacias, boticas y botiquines de los establecimientos de salud.