El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) presentó el proyecto de Decreto Legislativo que busca tipificar a nivel penal la difusión, publicación, o comercialización de imágenes, materiales audiovisuales, audios con contenido sexual reales o con apariencia real, elaborados o modificados con tecnologías digitales, inteligencia artificial u otros, obtenidos con o sin autorización de la persona que aparece en dichos materiales.
La ministra Teresa Hernández Cajo explicó que la iniciativa modifica los artículos 154-B y 158 del Código Penal e incorpora el artículo 5-A en la Ley N° 30096, Ley de delitos informáticos, para proteger a las víctimas de la viralización de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual. Se incluye el material que ha sido creado o modificado mediante el uso de tecnologías digitales, inteligencia artificial u otras innovaciones tecnológicas.
“Estamos planteando que estos delitos por la gravedad que tienen sean percibidos de oficio; por lo tanto, el Ministerio Público sin la necesidad de que la propia víctima así lo plantee o requiera, pueda inmediatamente incluir o plantear una investigación”, dijo Hernández.
De esta manera el Gobierno garantiza una lucha eficaz contra la violencia a través del uso de las tecnologías digitales, que afecta principalmente a las mujeres a lo largo de todo su ciclo de vida y a las niñas, niños y adolescentes.
La violencia mediante las tecnologías digitales tiene un fuerte impacto en las mujeres, constituyendo una violación de diversos derechos fundamentales, en especial de sus derechos a la dignidad, igualdad y no discriminación, derecho a una vida libre de violencia, imagen, intimidad, así como honor y buena reputación.