Minsa prohíbe venta de productos ajenos a la salud en farmacias y boticas

El Ministerio de Salud publicó la lista completa de artículos y servicios que ya no podrán ofrecerse en farmacias, incluyendo cigarrillos, alimentos, ropa, servicios médicos y juegos de azar.

por Edgar Mandujano

El Ministerio de Salud (Minsa) anunció este domingo una disposición que redefine lo que puede venderse y ofrecerse en las farmacias, boticas y botiquines del país. La medida, parte de una política de ordenamiento y fiscalización sanitaria, busca garantizar que estos establecimientos mantengan su finalidad exclusiva: la dispensación de medicamentos y productos de salud.

De acuerdo con la resolución, los locales que incumplan estas disposiciones podrían enfrentar sanciones administrativas, que van desde la multa económica hasta el cierre temporal o definitivo. El Minsa precisó que esta medida responde al incremento de establecimientos que comercializan productos y servicios ajenos al rubro farmacéutico, lo que representa un riesgo sanitario para los consumidores y una distorsión del mercado.


¿Qué productos quedan prohibidos?

La lista publicada por el Minsa incluye 24 categorías de productos y servicios que no podrán venderse ni ofrecerse en farmacias, boticas ni farmacias de establecimientos de salud. Entre los artículos vetados figuran alimentos, cigarrillos, animales, pinturas, ropa, combustibles y productos de ferretería.

Productos prohibidos:

  • Alimentos (excepto agua, bebidas con electrolitos y alimentos para regímenes especiales).
  • Animales para venta o exhibición.
  • Cigarros, cigarrillos electrónicos y vapeadores.
  • Combustibles.
  • Insecticidas.
  • Materiales de ferretería y construcción.
  • Medicamentos veterinarios.
  • Muebles.
  • Pinturas.
  • Plantas de jardín o florería.
  • Ropa y calzado (excepto neonatal o hospitalaria desechable).

La norma también detalla una lista de servicios que quedan terminantemente prohibidos, incluyendo actividades médicas y recreativas.


Servicios que ya no se podrán ofrecer

El Minsa aclaró que ninguna farmacia o botica podrá ofrecer servicios médicos o de entretenimiento, ni alquilar espacios para actividades ajenas a la función sanitaria.

Servicios prohibidos:

  • Análisis clínicos y recolección de muestras.
  • Consultas médicas presenciales o virtuales.
  • Campañas o consultorios médicos.
  • Juegos de lotería, apuestas o máquinas tragamonedas.
  • Cabinas de internet o locutorios.
  • Degustaciones de alimentos.
  • Lavandería o salón de belleza (peluquería, spa, masajes, cosmiatría, podología).
  • Juegos de entretenimiento como videojuegos o máquinas de peluches.

El objetivo es evitar la confusión del público y garantizar que las farmacias se concentren únicamente en la atención farmacéutica y el suministro de medicamentos seguros.


Supervisión y sanciones

La vigilancia del cumplimiento de esta medida recaerá en las Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris) de Lima Metropolitana, así como en las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) y Gerencias Regionales de Salud (Geresa) a nivel nacional. Estas entidades deberán verificar inventarios, publicidad y exhibición de artículos para asegurar que no se ofrezcan productos prohibidos.

El Minsa advirtió que las inspecciones serán permanentes y que los infractores se exponen a procesos sancionadores inmediatos. La disposición, enfatizó, tiene como fin proteger la salud pública y evitar la mercantilización indebida del espacio sanitario.


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