El Ministerio de Salud (Minsa) anunció este domingo una disposición que redefine lo que puede venderse y ofrecerse en las farmacias, boticas y botiquines del país. La medida, parte de una política de ordenamiento y fiscalización sanitaria, busca garantizar que estos establecimientos mantengan su finalidad exclusiva: la dispensación de medicamentos y productos de salud.
De acuerdo con la resolución, los locales que incumplan estas disposiciones podrían enfrentar sanciones administrativas, que van desde la multa económica hasta el cierre temporal o definitivo. El Minsa precisó que esta medida responde al incremento de establecimientos que comercializan productos y servicios ajenos al rubro farmacéutico, lo que representa un riesgo sanitario para los consumidores y una distorsión del mercado.
¿Qué productos quedan prohibidos?
La lista publicada por el Minsa incluye 24 categorías de productos y servicios que no podrán venderse ni ofrecerse en farmacias, boticas ni farmacias de establecimientos de salud. Entre los artículos vetados figuran alimentos, cigarrillos, animales, pinturas, ropa, combustibles y productos de ferretería.
Productos prohibidos:
- Alimentos (excepto agua, bebidas con electrolitos y alimentos para regímenes especiales).
 - Animales para venta o exhibición.
 - Cigarros, cigarrillos electrónicos y vapeadores.
 - Combustibles.
 - Insecticidas.
 - Materiales de ferretería y construcción.
 - Medicamentos veterinarios.
 - Muebles.
 - Pinturas.
 - Plantas de jardín o florería.
 - Ropa y calzado (excepto neonatal o hospitalaria desechable).
 
La norma también detalla una lista de servicios que quedan terminantemente prohibidos, incluyendo actividades médicas y recreativas.
Servicios que ya no se podrán ofrecer
El Minsa aclaró que ninguna farmacia o botica podrá ofrecer servicios médicos o de entretenimiento, ni alquilar espacios para actividades ajenas a la función sanitaria.
Servicios prohibidos:
- Análisis clínicos y recolección de muestras.
 - Consultas médicas presenciales o virtuales.
 - Campañas o consultorios médicos.
 - Juegos de lotería, apuestas o máquinas tragamonedas.
 - Cabinas de internet o locutorios.
 - Degustaciones de alimentos.
 - Lavandería o salón de belleza (peluquería, spa, masajes, cosmiatría, podología).
 - Juegos de entretenimiento como videojuegos o máquinas de peluches.
 
El objetivo es evitar la confusión del público y garantizar que las farmacias se concentren únicamente en la atención farmacéutica y el suministro de medicamentos seguros.
Supervisión y sanciones
La vigilancia del cumplimiento de esta medida recaerá en las Direcciones de Redes Integradas de Salud (Diris) de Lima Metropolitana, así como en las Direcciones Regionales de Salud (Diresa) y Gerencias Regionales de Salud (Geresa) a nivel nacional. Estas entidades deberán verificar inventarios, publicidad y exhibición de artículos para asegurar que no se ofrezcan productos prohibidos.
El Minsa advirtió que las inspecciones serán permanentes y que los infractores se exponen a procesos sancionadores inmediatos. La disposición, enfatizó, tiene como fin proteger la salud pública y evitar la mercantilización indebida del espacio sanitario.