Defensoría del Pueblo rechaza propuesta de cárcel por usar capuchas en protestas

Josué Gutiérrez advierte que criminalizar la apariencia vulnera derechos y abre la puerta a abusos en la gestión del orden público.

por Edgar Mandujano

El debate sobre el orden público volvió a encenderse en el Congreso tras la presentación de un proyecto legislativo que busca imponer penas de hasta 10 años de cárcel a quienes participen en protestas con el rostro cubierto. La iniciativa abrió una serie de cuestionamientos desde el ámbito jurídico y de derechos humanos, y uno de los pronunciamientos más firmes vino del Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, quien advirtió que ese tipo de medidas pone en riesgo el derecho a la protesta pacífica y podría derivar en abusos contra la ciudadanía.

Durante una visita a la central de videovigilancia de la Municipalidad de Lima, el titular de la Defensoría remarcó que el Estado debe concentrarse en combatir actos violentos y no en estigmatizar la apariencia de los manifestantes. “Ponerse una capucha, una chalina o cualquier prenda no puede ser penalizado mientras no se acompañe de un acto violento”, señaló, insistiendo en que la propuesta legislativa tiene un enfoque penal efectista y podría ser interpretada como una forma de inhibir la participación ciudadana.


¿La apariencia puede ser considerada un delito?

El defensor fue enfático: cubrirse el rostro no constituye un delito por sí mismo. Según explicó, el derecho penal no puede sancionar conductas que no representen un hecho lesivo. Esto implica que un manifestante que se cubre el rostro —por seguridad, temor a represalias o por simple decisión personal— no puede ser tratado como delincuente sin que exista un acto violento o un delito previo.

Si una persona comete un acto vandálico, debe ser sancionada por ese hecho, independientemente de si tenía el rostro cubierto o no”, indicó. Para Gutiérrez, la clave está en diferenciar entre protesta pacífica y actos delictivos, un principio que —según subrayó— debe guiar cualquier propuesta legislativa o intervención policial.

Una de las preguntas clave en el debate público ha sido: ¿una norma así podría abrir la puerta a detenciones arbitrarias?
El funcionario advirtió que sí. La apariencia no puede convertirse en un criterio punitivo. Hacerlo “crearía un escenario propicio para abusos”, pues permitiría detenciones basadas únicamente en presunciones o estereotipos.


Videovigilancia sí, criminalización no

Durante el recorrido por la central de monitoreo de la Municipalidad de Lima, Gutiérrez destacó el papel de las herramientas de videovigilancia, cámaras y drones como instrumentos para identificar hechos violentos en tiempo real sin necesidad de criminalizar prácticas que no constituyen delito.

Actualmente, más de mil cámaras vigilan puntos estratégicos de la ciudad, especialmente durante marchas y concentraciones ciudadanas. Para el defensor, estos sistemas fortalecen la capacidad preventiva y permiten que la Policía y el Ministerio Público actúen con mayor precisión, sin recurrir a normas que afecten derechos fundamentales.

La Defensoría, añadió, estará desplegada en las principales zonas de movilización para verificar el respeto a los derechos humanos y asegurar que tanto manifestantes como agentes del orden actúen dentro del marco legal.


¿Por qué se debe proteger el derecho a la protesta?

El derecho a la protesta pacífica es uno de los pilares de cualquier democracia. Gutiérrez recordó que la manifestación social ha permitido históricamente que la ciudadanía exprese demandas, denuncie abusos y exija cambios institucionales. “Estamos aquí no para inhibir la manifestación, sino para asegurar que se realice sin violencia y dentro del marco de la ley”, afirmó.

El defensor también hizo un llamado a que el Estado “no combata violencia con más violencia”, sino con investigaciones serias dirigidas por el Ministerio Público, acompañadas de estrategias policiales proporcionales y respetuosas de los derechos ciudadanos.

Otro cuestionamiento relevante en este debate es: ¿garantiza esta propuesta de ley mayor seguridad?
Según Gutiérrez, no. El verdadero impacto debe medirse por la capacidad del Estado de detener y sancionar a quienes realmente cometen delitos, no por medidas que pueden afectar a quienes ejercen su derecho legítimo a protestar sin cometer actos violentos.


Un debate que continuará en el Congreso

La propuesta legislativa seguirá en discusión, pero los pronunciamientos desde la Defensoría del Pueblo y otras organizaciones anticipan un debate intenso. Para los críticos, el proyecto podría vulnerar derechos y generar prácticas discriminatorias. Para sus defensores, representa una herramienta para combatir a grupos violentos infiltrados en manifestaciones.

Mientras avanza el proceso parlamentario, el pronunciamiento de Gutiérrez marca una postura institucional clara: la protesta pacífica debe ser protegida, y el Estado no puede criminalizar prácticas que no constituyen delito. En un momento en que las movilizaciones aumentan y el clima político se intensifica, la discusión sobre los límites y responsabilidades del Estado vuelve al centro de la agenda pública.

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