Congreso aprueba sanciones a militares y policías vinculados a organizaciones criminales

En segunda votación, el Congreso aprobó normas que endurecen penas y establecen cadena perpetua para agentes del orden vinculados a organizaciones criminales.

por Edgar Mandujano

El Pleno del Congreso de la República aprobó en segunda votación un dictamen que marca un giro significativo en el régimen disciplinario y penal de las fuerzas del orden. Con 52 votos a favor, el Parlamento dio luz verde a una norma que refuerza el Código Militar Policial y establece sanciones más severas para militares y policías vinculados a organizaciones criminales.

La decisión se adoptó tras la revisión de los proyectos de ley 9187/2024-CR, 11268/2024-CR y otras iniciativas acumuladas, en un contexto de creciente preocupación por la infiltración del crimen organizado en instituciones del Estado.

Con esta aprobación, la iniciativa será enviada al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

Sanciones más duras: cadena perpetua en casos graves

El dictamen aprobado introduce modificaciones al Código Militar Policial (Decreto Legislativo 1094) y al Código Procesal Penal (Decreto Legislativo 957), con el objetivo de precisar el denominado delito de función y reforzar el control sobre la actuación de militares y policías.

Uno de los puntos más controversiales es el endurecimiento de penas. La norma establece que el policía o militar que colabore con organizaciones criminales, y que además participe como autor, coautor, instigador o cómplice en hechos que resulten en la muerte de una persona, podrá recibir cadena perpetua.

Este enfoque busca cerrar vacíos legales en casos donde agentes del orden han sido señalados por vínculos directos con bandas u organizaciones delictivas.

Delito de función y jurisdicción militar policial

La norma también redefine el concepto de delito de función, estableciendo con mayor precisión los supuestos en los que los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional deben ser juzgados dentro del fuero militar policial.

En el caso de las Fuerzas Armadas, se considera delito de función toda conducta ilícita cometida durante operaciones militares orientadas al mantenimiento o restablecimiento del orden interno, especialmente en contextos de estado de emergencia.

Para la Policía Nacional, el dictamen amplía el alcance del concepto, incluyendo funciones vinculadas a prevención e investigación del delito, control de identidad, inteligencia, fiscalización del tránsito, seguridad personal y control fronterizo, entre otras labores propias de la institución.

Prohibición de procesos paralelos

Otro de los puntos incorporados en la norma establece que no podrán seguirse procesos simultáneos en la jurisdicción ordinaria y la militar policial cuando se trate de los mismos hechos y los mismos investigados.

Este artículo busca evitar duplicidad de procesos y posibles conflictos de competencia entre el sistema judicial común y el fuero militar policial, uno de los temas más debatidos durante la discusión del dictamen.

Debate en el Pleno del Congreso

Durante el debate, el congresista José Cueto Aservi (Renovación Popular) defendió la propuesta señalando que la justicia castrense debe tener un rol más activo y especializado en la investigación de miembros de las fuerzas del orden involucrados en actos ilícitos.

En la misma línea, el legislador César Revilla Villanueva (Fuerza Popular) sostuvo que existen delitos de naturaleza militar-policial que no siempre son comprendidos adecuadamente por la justicia ordinaria, por lo que consideró necesaria una jurisdicción especializada.

Sin embargo, el dictamen también generó observaciones por parte de un sector del Parlamento.

Los congresistas Ruth Luque Ibarra, Sigrid Bazán Narro, Edgard Reymundo Mercado (Bloque Democrático Popular) y Flor Pablo Medina (No agrupados) presentaron una reconsideración a la segunda votación, la cual fue finalmente rechazada con 45 votos a favor, 58 en contra y 1 abstención.

En resumen

La aprobación de este dictamen marca un endurecimiento del marco legal para policías y militares en casos vinculados al crimen organizado, en un contexto de creciente presión política por reforzar la seguridad interna.

La norma ahora queda en manos del Poder Ejecutivo, que deberá decidir su promulgación u observación, en medio de un debate abierto sobre los límites del fuero militar policial y el alcance del control penal sobre las fuerzas del orden.

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