Gobierno impone mano dura en penales: control extremo y sanciones contra corrupción

Dos decretos supremos refuerzan la vigilancia sobre los internos más peligrosos y castigan con destitución e inhabilitación a los funcionarios que incurran en actos de corrupción dentro de los penales.

por Edgar Mandujano

Nuevas reglas para el control penitenciario

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) anunció un paquete de medidas normativas orientadas a fortalecer la seguridad en los establecimientos penitenciarios y combatir la corrupción en el sistema carcelario peruano.
Mediante los Decretos Supremos N.º 019-2025-JUS y 020-2025-JUS, el Ejecutivo aprobó una reforma que endurece el control sobre los internos de alta peligrosidad y establece un régimen disciplinario estricto para los servidores penitenciarios implicados en irregularidades.

El ministro de Justicia, Walter Martínez Laura, destacó que el objetivo es “cerrar el paso a las mafias que operan desde las cárceles y erradicar la corrupción que socava la autoridad del Estado”.

Régimen cerrado especial: tres etapas y máxima vigilancia

El Decreto Supremo N.º 019-2025-JUS modifica el Reglamento del Código de Ejecución Penal, reforzando el control sobre los reclusos considerados más peligrosos.
El nuevo sistema establece tres etapas de progresividad —A, B y C— que se aplican de acuerdo con el comportamiento del interno:

  • Etapa A – Máxima restricción: los internos permanecen en celda casi todo el día, con solo dos horas diarias de patio y una visita quincenal de un familiar directo, bajo estricta vigilancia.
  • Etapa B – Restricción moderada: permite tres horas de patio y dos visitas cada quince días, sin contacto directo.
  • Etapa C – Buena conducta: se otorgan cuatro horas de patio y visitas directas de tres horas, como reconocimiento al cumplimiento de las normas internas.

Estas disposiciones buscan prevenir la dirección de actividades criminales desde los penales, impedir el ingreso de celulares, drogas y armas, y mantener el orden interno en los recintos penitenciarios.

Tolerancia cero con la corrupción penitenciaria

La segunda norma, Decreto Supremo N.º 020-2025-JUS, aprueba el nuevo Reglamento de Faltas y Sanciones del Sistema Penitenciario, imponiendo castigos ejemplares a los trabajadores que incurran en actos de corrupción.
Las faltas muy graves, como el ingreso de drogas o celulares, mantener vínculos con internos, o facilitar fugas, serán sancionadas con destitución e inhabilitación automática por hasta 10 años para trabajar en el sistema penitenciario.

Las faltas graves, entre ellas la negligencia en funciones o el transporte de objetos de los internos, también podrán derivar en procesos administrativos severos.
Por su parte, las faltas leves incluyen tardanzas, incumplimientos de órdenes o ausencias sin justificación, sancionadas con amonestaciones.

El reglamento incluye además un plan nacional de capacitación para reforzar las capacidades éticas y técnicas del personal penitenciario, promoviendo una cultura de integridad y transparencia.

Un mensaje firme del Estado

El ministro Walter Martínez Laura fue enfático al afirmar que el Gobierno aplicará “tolerancia cero frente a la corrupción carcelaria” y que se busca impedir que los penales sigan siendo centros de coordinación del crimen organizado.
“Estas medidas representan un mensaje claro: ningún funcionario corrupto ni interno peligroso tendrá privilegios dentro del sistema penitenciario. El Perú necesita cárceles seguras y transparentes”, sostuvo.

Con la implementación de estos dos decretos supremos, el Gobierno busca consolidar un modelo penitenciario moderno y disciplinado, capaz de garantizar la seguridad pública y el respeto al Estado de derecho.

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