El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) publicó el Decreto Supremo N.º 019-2025-JUS, que refuerza el régimen cerrado especial para los internos de alta peligrosidad en los establecimientos penitenciarios del país. La norma introduce medidas más estrictas sobre visitas, horarios de patio y control interno, con el objetivo de evitar comunicaciones ilícitas y mantener la disciplina dentro de los penales.
Tres etapas de control en el régimen cerrado especial
El decreto modifica los artículos 63, 64 y 65 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, estableciendo tres etapas progresivas de control: A, B y C.
En la etapa A, los internos están bajo vigilancia permanente y solo pueden recibir una visita cada dos semanas, de un familiar directo, por una hora y mediante locutorio. Además, se restringe el uso del patio a dos horas diarias y se dispone que las celdas permanezcan cerradas en todo momento, prohibiéndose el tránsito por pasadizos.
En la etapa B, se permite dos visitantes cada dos semanas, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, incluidos cónyuges o concubinos. Las visitas duran un máximo de dos horas, también mediante locutorio, y los internos acceden a tres horas de patio al día.
La etapa C, destinada a reclusos con mejor conducta, amplía el tiempo de patio a cuatro horas y autoriza visitas directas de hasta tres horas, siempre bajo supervisión del Consejo Técnico Penitenciario.
¿Por qué se aplica un régimen más estricto en las cárceles peruanas?
Según el MINJUSDH, esta decisión busca prevenir el ingreso de objetos o sustancias prohibidas, impedir comunicaciones ilegales y fortalecer la seguridad penitenciaria. La medida forma parte de una estrategia nacional orientada a erradicar las mafias que operan desde los penales, donde se han detectado estructuras criminales que coordinaban extorsiones y narcotráfico desde el interior de las cárceles.
El Ejecutivo considera que el nuevo marco normativo refuerza el principio de autoridad y responde a la declaratoria de emergencia del Sistema Penitenciario Nacional y del INPE, vigente desde 2024. Asimismo, el decreto se articula con la Política Nacional Penitenciaria al 2030, que promueve la modernización de los mecanismos de control y el fortalecimiento de la inteligencia penitenciaria.
Coordinación interinstitucional para combatir el crimen desde las cárceles
El Decreto Supremo N.º 019-2025-JUS también enfatiza la coordinación entre el INPE, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público y el Poder Judicial, para garantizar un control más riguroso sobre los internos clasificados como de alta peligrosidad.
De acuerdo con el MINJUSDH, estas medidas se implementarán en el marco de la Estrategia Sectorial de Emergencia Penitenciaria 2025–2026, priorizando los establecimientos de máxima seguridad, donde se encuentran los cabecillas de organizaciones criminales desarticuladas en los últimos meses.
La norma fue refrendada por el ministro de Justicia, Walter Martínez Laura, y promulgada por el presidente José Jerí Oré, consolidando un enfoque de seguridad integral frente a los riesgos que representan las comunicaciones y operaciones ilícitas desde los penales.
Una política de seguridad penitenciaria más firme
Con esta norma, el Gobierno busca reducir el riesgo de delitos que afectan directamente a la ciudadanía y reafirmar la autoridad del Estado en el sistema penitenciario. El nuevo régimen cerrado especial representa un paso decisivo para recuperar el control interno y prevenir la reincidencia delictiva, en consonancia con las políticas de seguridad y orden público adoptadas por el Ejecutivo.