¿En qué puede terminar el proceso legislativo de modificar la Constitución en un gran porcentaje y “por lo bajo”?
Los cambios han sido acelerados, intensivos y profundos. Ya no es el fantasma de la Constituyente, como se repetía en momentos en que sectores de la izquierda posicionaban la idea de una Asamblea elegida para ese fin. Esta es más bien una Constituyente Fantasma.
Ya se han producido docenas de cambios. Pero en la comisión de Constitución que hoy preside Fernando Rospigliosi (FP) también se vienen preparando unas reformas que cambian las reglas electorales y otras que podrían vulnerar la independencia judicial.
Una de ellas es propuesta de Waldemar Cerrón (Perú Libre) quien busca implementar una comisión que fiscalice la función de los jueces y fiscales, lo que en opinión del constitucionalista Omar Cairo, es una sustracción de las funciones de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
“Si eso pasa, los jueces empezarán a tomar decisiones que agraden a los políticos que los designaron para mantenerse en el cargo y la independencia judicial se destruiría”, agregó.
En un evento académico organizado la semana pasada por la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), el juez supremo, César San Martín, expresó su preocupación por las iniciativas congresales que afectan el equilibrio de poderes y llegó a decir que en nuestro país “se instauró el parlamentarismo insurgente y de facto”.
Una muestra de ello, en observación del magistrado, es la sentencia del Tribunal Constitucional que “encumbró al Congreso por encima de los otros poderes” impidiendo que sus actos sean controlados en el fuero judicial.
“La separación e independencia de los poderes públicos es un elemento esencial de la democracia. El problema es el desmesurado uso del Congreso y el Gobierno de sus atribuciones con exceso y desviación y el progresivo arrinconamiento a las instituciones judiciales y electorales”, apuntó San Martín.
Precisamente, entre los proyectos más controvertidos que nacieron en la Comisión de Constitución está el que busca quitarle la presidencia permanente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) al representante de la Corte Suprema para hacer que el titular de este organismo electoral sea electo por sus miembros.
Pero no es el único, ya que este grupo de trabajo estaría apuntando a ampliar el número de senadores y diputados que compondrán el Congreso bicameral. Si bien, con el texto que se trabaja en la comisión podríamos llegar a tener 158 diputados y 68 senadores, una iniciativa de José Elías propone un número más modesto: 142 diputados y 63 senadores. En el fondo, la ilusión de la reelección en un país con bajas tasas para repetir el plato, incluso en Congresos bastante menos impopulares que el actual.
No obstante, el especialista en temas electorales, José Villalobos, explicó a esta revista que este aumento entraría en vigencia para las elecciones 2031.
El experto explica que aún hay tiempo para que la comisión avance en la modificación de cambios electorales. Pero en ese camino, se dejaron fuera propuestas como la renovación por tercios en el Parlamento y se insistió en otras, como mantener en 5 % la valla para las alianzas políticas de cara a los comicios de 2026.
La prioridad parece ser la discusión de un proyecto de ley de José Cueto (Honor y Democracia) que busca que las cédulas electorales no se destruyan y que estén en custodia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) durante un mes y que un acta electoral esté en custodia de las Fuerzas Armadas.
Para Villalobos, la propuesta no tiene sentido técnico. “Si tenemos una cultura de denunciar fraudes, ¿acaso no van a cuestionar que las cédulas que se guardaron después de varios días se vayan a recontar? ¿quién garantiza la cadena de custodia de esas cédulas?”, cuestionó.
Otro de los inconvenientes que se generarían si esta norma es aprobada es la impugnación constante de los resultados electorales por parte de candidatos que busquen revertir en la mesa lo que no lograron en las urnas.
“En vez de pedir que se guarden las cédulas, el escrutinio debería tener presencia de personeros, Defensoría del Pueblo, representantes de los partidos y la sociedad civil”, objetó.
En la agenda de Rospigliosi también está el trámite de dos propuestas de Podemos Perú; una busca reabrir el padrón de afiliados a los partidos políticos para que los presidenciables puedan inscribirse hasta enero de 2025 y entren a la carrera a Palacio de Gobierno y el plan b propone que, en la práctica, se abra la puerta para que los invitados puedan ser candidatos a la Presidencia.
REGLAS DE JUEGO
De más de 350 proyectos de ley de reforma constitucional presentados durante el actual período, hasta junio último se habían aprobado 65. El primero fue el que presentó José Luna Gálvez de Podemos, para regular la cuestión de confianza en medio de la conflictividad persistente durante el gobierno de Pedro Castillo. Se aprobó en octubre de 2021.
La mayoría de modificaciones se dieron con el retorno a la bicameralidad. Son 53 para ser exactos. De contrabando, autorizó la reelección parlamentaria inmediata y a partir de ahora, deja a criterio del fiscal de la Nación si acusa o no ante la Corte Suprema a los altos funcionarios a los que el propio Legislativo haya levantado la prerrogativa de antejuicio.
El jurista Fernán Altuve también califica el proceso como una “constituyente encubierta”. Y alerta que “no sabemos cómo va a ser el bicameralismo que viene. No ha sido experimentado y es un modelo político parlamentario diferente en los 150 años que hemos conocido. No sabemos quién lo ha diseñado, que asesores estuvieron detrás”.
Aclara Altuve que “en el fujimorismo fui una de las minorías que siempre abogó por la bicameralidad. Pero curiosamente se convierten en la hora nona al bicameralismo que nadie conoce. Ni siquiera tiene que ver con el proyecto original de Patricia Juárez. Y es muy probable que este sea un aporte del acuñismo al derecho parlamentario universal, con la calidad académica que se le pueda reconocer. La cosa es más peligrosa de lo que aparenta”.
El senado, a diferencia del pasado que tenía origen nacional, ahora también tendrá origen regional. “Alemania también tiene un doble origen, pero retornas después de 30 años con un experimento. Comenzamos con un salto mortal”.
No fue la única reforma orientada a empoderarse pues el Parlamento se blindó contra las futuras disoluciones limitando los motivos por los que el Ejecutivo podía plantear cuestión de confianza y, además, estableciendo que solo ellos podían interpretar si esta se concedía o no.
Sin embargo, el mecanismo de vacancia presidencial por incapacidad moral, que, en los hechos, significa la destitución exprés del presidente, no se ha modificado y ni siquiera discutido una posible reforma.
“Hay un régimen semipresidencial en el cual el Parlamento, inconstitucionalmente, se atribuye una facultad que no le corresponde, que es destituir discrecionalmente a un mandatario, cuando en estos regímenes, el presidente no tiene responsabilidad política, por lo que no puede ser removido por la forma en que ejerce sus funciones”, amplía Cairo.
¿No que no se podía reformar la Constitución de 1993? Aquí hay muchas pruebas más al canto.