La elección de tres nuevos directores del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) entró en su última etapa. La Comisión de Procedimientos Especiales del Senado aprobó este miércoles 7 de octubre, por mayoría, el informe final del proceso de selección, que contiene el orden de mérito de los 10 postulantes que llegaron al tramo final.
El documento será remitido al Pleno del Senado, donde se debatirá y votará la elección de los tres integrantes que pasarán a formar parte del directorio del organismo emisor, de acuerdo con el Reglamento del Senado y la Constitución.
BCRP: diez candidatos
El informe fue elaborado luego de consolidar los resultados obtenidos por los postulantes en la evaluación de su trayectoria académica, experiencia profesional y entrevista personal. La comisión también verificó el cumplimiento de los requisitos legales y constitucionales, así como la ausencia de impedimentos e incompatibilidades.
El primer lugar del orden de mérito correspondió a Oswaldo Molina Campodónico, con 94.18 puntos. Le siguieron José Ricardo Stok Capella, con 91.55, y José Antonio Fernández Baca Llamosas, con 90.18.
El listado completo quedó de la siguiente manera:
- Oswaldo Molina Campodónico — 94.18 puntos.
- José Ricardo Stok Capella — 91.55.
- José Antonio Fernández Baca Llamosas — 90.18.
- Santiago Francisco Roca Tavella — 86.91.
- Juan José Marthans León — 86.60.
- Kurt Johnny Burneo Farfán — 85.73.
- Raúl Eduardo Mauro Machuca — 81.00.
- Diego Macera Poli — 80.73.
- Javier Alfredo Escobal D’Angelo — 60.00.
- Óscar Alfonso Bernardo Dancourt Masías — 51.00.
Una exclusión que no prosperó
Durante la sesión, el senador Humberto Morales (JPP) presentó una cuestión previa para excluir de la lista a José Ricardo Stok Capella.
La propuesta no obtuvo los votos necesarios. La votación terminó con siete votos en contra, tres a favor y dos abstenciones, por lo que Stok Capella permaneció en el informe elevado al Senado.
El orden de mérito presentado por la comisión incorpora además el retiro de Alejandro Martín Granda Sandoval, quien renunció de manera irrevocable durante el desarrollo del proceso.
La decisión en manos del Senado
Con la aprobación del informe, el procedimiento pasa ahora a la siguiente instancia. El artículo 201 del Reglamento del Senado establece que el presidente de la cámara debe convocar al Pleno en un plazo no menor de cinco días desde la presentación del informe.
En esa sesión se debatirá y votará la propuesta de la comisión. La elección se realizará candidato por candidato y respetará el orden en que fueron presentados en el informe final.
El procedimiento establece, además, una exigencia de mayoría: cada uno de los tres directores deberá obtener más de la mitad del número legal de miembros del Senado.
Tres puestos en disputa
La votación del Pleno definirá, por tanto, cuáles de los diez postulantes ocuparán los tres puestos disponibles en el directorio del BCRP.
La comisión cerró así la etapa de evaluación y calificación, pero el resultado final todavía depende de la decisión del Senado. El orden de mérito constituye la clasificación obtenida durante el procedimiento, mientras que la elección de los tres directores corresponde exclusivamente al Pleno.