Las calles podrían cambiar radicalmente durante las próximas campañas electorales. Un proyecto de ley presentado por el diputado Juan Amílcar Villanueva Calderón, de Juntos por el Perú, plantea modificar tres artículos de la Ley Orgánica de Elecciones para prohibir la propaganda electoral física y reducir la contaminación visual y ambiental.
La iniciativa fue presentada el 31 de agosto de 2026 y propone modificar los artículos 185, 186 y 187 de la Ley N.° 26859. Su objetivo es que las organizaciones políticas trasladen buena parte de su estrategia de campaña hacia plataformas digitales, radio, televisión, periódicos, revistas y espacios institucionales.
¿Qué propone exactamente el proyecto?
El cambio más importante es la prohibición de instalar, fijar, pegar o distribuir determinados elementos de propaganda electoral física durante los procesos electorales. La lista incluye:
- Gigantografías.
- Banderolas.
- Paneles.
- Paneles digitales.
- Afiches.
- Carteles.
- Pintas.
- Volantes.
- Folletos y otros materiales impresos distribuidos en espacios públicos.
La propuesta también alcanza a los soportes instalados en la vía pública, bienes de uso público y predios privados que sean visibles desde la vía pública.
En otras palabras, si el proyecto se convierte en ley, ya no bastaría con obtener autorización del propietario de un inmueble para colocar una gigantografía o pintar propaganda política: esos formatos quedarían prohibidos en los lugares comprendidos por la propuesta.
¿Qué pasaría con las campañas políticas?
Los partidos, agrupaciones independientes y alianzas sí podrían realizar propaganda mediante sus plataformas digitales y redes sociales, siempre que respeten las reglas de neutralidad y veracidad de la información.
También podrían utilizar radio, televisión, medios digitales, periódicos y revistas. El proyecto establece que deben existir iguales condiciones para todos los partidos y candidatos.
Además, se mantendría permitido el uso de altoparlantes en los locales partidarios y en vehículos especiales, pero dentro del horario establecido: de 8:00 a. m. a 8:00 p. m. La autoridad correspondiente podrá regular la intensidad máxima del sonido.

¿Qué hay de los votantes? El proyecto permitiría distribuir material impreso exclusivamente dentro de los locales cerrados de las organizaciones políticas o durante actos de proselitismo autorizados.
Lo que quedaría prohibido es repartir, entregar o abandonar volantes, folletos y otros materiales impresos en la vía pública u otros espacios de uso público.
¿Se prohibirían los carteles en casas y locales?
Sí. La propuesta plantea prohibir la exhibición de letreros, carteles o anuncios luminosos de carácter electoral en fachadas de inmuebles.
También quedaría prohibida la instalación de gigantografías, banderolas, paneles y afiches en predios públicos o privados que sean visibles desde la vía pública.
El nuevo papel de las municipalidades
El proyecto cambia también el rol de los municipios. Actualmente, la legislación permite que las municipalidades faciliten espacios para la propaganda electoral. La propuesta plantea que los municipios provinciales y distritales promuevan la propaganda a través de medios digitales y espacios institucionales de difusión, en igualdad de condiciones para las organizaciones participantes.
Al mismo tiempo, se prohibiría que habiliten paneles, paneles digitales u otros soportes físicos para propaganda electoral.
La fiscalización quedaría en manos del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), junto con las municipalidades provinciales y distritales. El proyecto señala expresamente que ambas instancias deberán fiscalizar el cumplimiento de la nueva regulación.
Y no se trataría únicamente de una recomendación. La contravención de las nuevas prohibiciones constituiría una infracción electoral, sancionable conforme al artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones, además de las sanciones administrativas municipales que correspondan.
¿Por qué quieren eliminar la propaganda electoral en las calles?
El argumento central del proyecto es ambiental. Según la exposición de motivos, el marco actual permite una instalación prácticamente ilimitada de publicidad electoral física y esto genera contaminación visual y ambiental. La propuesta busca sustituir esos materiales por canales considerados de menor impacto ambiental.
El proyecto también sostiene que las campañas dejan residuos de plástico, vinil, papel y cartón, mientras que muchas pintas y elementos publicitarios permanecen en el espacio público incluso después de terminados los comicios.
La iniciativa recuerda, además, que la legislación vigente obliga a retirar la propaganda electoral dentro de los 60 días posteriores a los comicios, pero considera que ese plazo no resuelve el problema ambiental generado por los materiales utilizados.
Qué ocurre actualmente con la propaganda electoral
El proyecto sostiene que la legislación vigente permite a las organizaciones políticas colocar determinados carteles, avisos y otros elementos en predios públicos y privados, bajo las condiciones establecidas por la normativa.
Uno de los problemas identificados por el autor es que las municipalidades aplican reglas diferentes mediante sus propias ordenanzas. Por ello, la propuesta busca establecer una prohibición uniforme a nivel nacional.
Como sustento, la exposición de motivos menciona el retiro de propaganda irregular durante las Elecciones Generales de 2021 y señala que un monitoreo citado por el proyecto identificó en 2026 propaganda física perteneciente a distintas organizaciones políticas en diez regiones.
¿Cuándo entraría en vigencia?
Hay un detalle clave: esto todavía es un proyecto de ley, no una prohibición vigente.
De acuerdo con su disposición complementaria primera, si el Congreso aprueba la iniciativa y esta es publicada como ley, entraría en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Sin embargo, se aplicaría a los procesos electorales cuya convocatoria se realice después de su entrada en vigencia.
El JNE tendría, además, un plazo máximo de 60 días calendario desde la entrada en vigencia para adecuar su Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral.
El argumento ambiental
La propuesta calcula que eliminar la propaganda electoral física permitiría reducir el uso de plástico, banners, papel, cartón y otros materiales no biodegradables.
También plantea que disminuiría la utilización de tinta, estructuras metálicas o de madera y otros insumos empleados para producir, transportar e instalar publicidad electoral, reduciendo así la huella de carbono asociada a estas actividades.
El proyecto vincula esta propuesta con la Política Nacional del Ambiente, la gestión de residuos sólidos y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, particularmente los relacionados con ciudades sostenibles y producción y consumo responsables.
¿Qué cambiaría en la práctica?
Si la iniciativa finalmente es aprobada, una campaña electoral tendría un escenario bastante distinto al conocido hasta ahora: sin gigantografías en avenidas, sin banderolas en fachadas, sin paneles electorales, sin afiches visibles desde la calle, sin pintas y sin reparto de volantes en espacios públicos.
Los candidatos tendrían que concentrar su propaganda en internet, redes sociales, radio, televisión, prensa y espacios institucionales.
Por ahora, sin embargo, la propaganda electoral física no está prohibida por esta iniciativa, porque se trata de un proyecto presentado ante el Congreso. Su eventual prohibición dependerá de que la propuesta siga el procedimiento legislativo y sea aprobada y promulgada.