Los más de 350 mil trabajadores del régimen CAS finalmente tendrán derecho a recibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. Sin embargo, el monto que cobrarán este 2026 aún no está completamente definido, pues el Congreso dejó en manos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la reglamentación que establecerá cómo se aplicará el beneficio.
Aunque la ley fija un piso mínimo de S/300, el Ejecutivo podrá determinar mediante un decreto supremo si el pago será equivalente a una remuneración completa o si se implementará de manera gradual, tomando en cuenta la disponibilidad presupuestal y el equilibrio de las finanzas públicas.
¿Cuánto recibirán los trabajadores CAS de gratificación?
La norma aprobada por la Comisión Permanente del Congreso reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores sujetos al Decreto Legislativo N.º 1057 (CAS) a percibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, además de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
No obstante, el texto establece que será el MEF el encargado de aprobar, mediante un decreto supremo, las reglas para su implementación.
Ese decreto deberá definir:
- La base de cálculo de la gratificación.
- El monto que corresponderá pagar.
- La modalidad de implementación.
- Los requisitos y condiciones.
- El pago proporcional y trunco cuando corresponda.
- Las reglas para el otorgamiento de la CTS.
Mientras ese reglamento no sea publicado, el único monto asegurado por ley es que ningún trabajador CAS podrá recibir menos de S/300 por concepto de gratificación, tanto en Fiestas Patrias como en Navidad.
¿Será una gratificación completa?
Todavía no hay una respuesta definitiva.
Durante el debate del crédito suplementario, el ministro de Economía y Finanzas, Rodolfo Acuña, advirtió que el presupuesto aprobado no contempla los aproximadamente S/3.500 millones que demandaría pagar de inmediato gratificaciones y CTS completas a todos los trabajadores CAS. Por ello, el Ejecutivo insistió en una implementación gradual.
De hecho, el proyecto inicial enviado por el MEF proponía el siguiente cronograma:
| Año fiscal | Gratificación |
|---|---|
| 2026 | 10% de la remuneración mensual |
| 2027 | 20% |
| 2028 | 30% |
| 2029 | 50% |
| 2030 | 100% |
La misma progresividad estaba prevista para la CTS. Sin embargo, ese esquema no quedó incorporado expresamente en la ley, por lo que ahora será el decreto supremo del MEF el que determine si finalmente se aplica esa gradualidad o se adopta otra modalidad.
¿Cuándo se pagará la gratificación CAS?
El beneficio todavía no tiene una fecha oficial de pago.
Primero deberán cumplirse dos pasos:
- La promulgación y entrada en vigencia de la ley del crédito suplementario.
- La publicación del decreto supremo del MEF que reglamente el beneficio.
Solo después de ello las entidades públicas podrán efectuar el pago conforme a las reglas que establezca el Ejecutivo.
¿Qué pasará con el aguinaldo de S/300?
Hasta este año, los trabajadores CAS percibían un aguinaldo de S/300 por Fiestas Patrias.
Sin embargo, tras la aprobación de la nueva ley, ese esquema cambia: el régimen CAS pasará a tener gratificaciones, al igual que otros regímenes laborales del Estado, aunque la implementación dependerá del reglamento que emita el MEF. Mientras tanto, la propia norma garantiza que el monto de la gratificación no será inferior a S/300.
¿La CTS también cambia para los trabajadores CAS?
Sí.
La ley reconoce por primera vez el derecho de los trabajadores CAS a recibir Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
Además, establece que el cálculo deberá considerar el tiempo laborado desde el inicio del contrato CAS vigente. El decreto supremo del MEF también deberá regular la forma de pago, el cálculo proporcional y los casos de cese antes de completar el periodo correspondiente.
¿De dónde saldrán los recursos?
La implementación estará condicionada a la disponibilidad presupuestal de cada año fiscal y al cumplimiento de las reglas fiscales.
Para el Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, el financiamiento se realizará con los recursos autorizados en el crédito suplementario aprobado por el Congreso. En el caso de los gobiernos locales, cada municipalidad deberá asumir el costo con cargo a su propio presupuesto, sin solicitar recursos adicionales al Tesoro Público.