En la mañana de este viernes 15 de mayo, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional del Poder Judicial peruano declaró fundado el recurso presentado por la defensa técnica de Pedro Pablo Kuczynski, el cual logró el archivamiento de las investigaciones en su contra, por las cuales, en 2025, la Fiscalía pidió 35 años de prisión para el expresidente peruano (2016-2018).
Según el ente máximo de justicia, el abogado se basó en las causales de atipicidad y de "concurrencia de una excusa absolutoria o ausencia de una condición objetiva de punibilidad" en el caso por lavado de activos por presuntamente recibir fondos ilegales de Odebrecht por US$300.000 para su campaña presidencial de 2011.
PPK evade sentencia por lavado de activos
El juzgado dirigido por el juez Richard Concepción Carhuancho resolvió declarar fundada la excepción de improcedencia de acción por los delitos de lavado de activos y asociación ilícita para delinquir, para luego ordenar el "sobreseimiento definitivo" de la misma; es decir, colocando punto final a los procesos por el caso Westfield Capital Ltd. contra el político.
De acuerdo con los fundamentos de la decisión, el Ministerio Público no habría formulado ni presentado las pruebas necesarias y contundentes para identificar el origen del presunto dinero producto del lavado de activos. Ante la decisión judicial, el MP solicitó que el pedido se declare infundado, el cual fue rechazado.
Según indica el escrito final, el dinero siguió el curso legal del "sistema financiero formal", en los bancos JP Morgan y Scotiabank. Debido a ello, se definió que, al tratarse de las cuentas personales de los investigados y no de la organización política, no constituiría el delito de lavado de activos.
Caso Cócteles sirvió como antecedente
La defensa de Kuczynski se respaldó en la decisión del Tribunal Constitucional en el caso Cócteles, que investigaba a Keiko Fujimori por los delitos de lavados de activos y organización criminal, el cual sostuvo que "la simple receptación de dinero ilícito para gastos de una campaña política no sería delito".
Según afirmó El Comercio, el juez Carhuancho reveló que rechazó dos pedidos similares del mismo expediente que involucró al expresidente; sin embargo, la reciente decisión del Supremo se habría tomado con el fin de velar por "la seguridad jurídica y la predictibilidad" en los fallos de la institución.