JEE procesa a José Williams por omisión en su hoja de vida

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 abrió un procedimiento sancionador al candidato de Avanza País por no declarar un antecedente judicial; el partido ya respondió.

por Edgar Mandujano

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 inició un procedimiento sancionador contra José Daniel Williams Zapata, candidato presidencial de Avanza País para las Elecciones Generales 2026, por una presunta omisión de información en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), documento obligatorio dentro del proceso electoral.

La medida fue adoptada tras una acción de fiscalización que detectó la supuesta falta de registro de un antecedente judicial vinculado a un delito doloso, información que debe ser consignada de manera expresa según la normativa electoral vigente. El órgano electoral otorgó un plazo de un día calendario a la organización política para presentar sus descargos formales.

Fiscalización y presunta omisión detectada

El procedimiento se sustenta en el Informe N.º 000002-2026-LDH-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE, elaborado por la fiscalizadora Liliana Herrera de la Cruz, en el que se advierte que el candidato no habría consignado información relevante en el Rubro V de su hoja de vida, referido a sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos.

Según el informe, durante la verificación de la información declarada se identificó la existencia de un expediente judicial por homicidio calificado, el cual se encontraría en estado de ejecución al momento de la evaluación electoral. Esta información fue corroborada mediante un oficio remitido por la Corte Superior de Justicia de Lima, documento que fue incorporado al expediente administrativo del JEE.

Marco legal aplicable al caso

La resolución del Jurado Electoral Especial se apoya en el artículo 23 de la Ley de Organizaciones Políticas, que establece la obligación de los candidatos de declarar todas las sentencias condenatorias firmes por delitos dolosos en su hoja de vida.

Asimismo, el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026 señala que la omisión de información relevante en la DJHV puede dar lugar a la exclusión del candidato, siempre que esta se determine hasta treinta días antes de la fecha de los comicios.

El documento también cita el artículo 43 del reglamento, que dispone la exclusión cuando se advierte la existencia de una condena vigente con pena privativa de libertad, siempre que esta haya sido omitida en la declaración jurada.

Plazo otorgado a Avanza País

El JEE dispuso notificar la apertura del procedimiento al personero legal titular de Avanza País, Aldo Fabrizio Borrero Rojas, a través de la casilla electrónica del sistema electoral. La organización política contó con un plazo máximo de un día calendario para presentar sus descargos.

La resolución advierte que, en caso de no recibir respuesta dentro del plazo establecido, el órgano electoral podrá emitir pronunciamiento con la información que obra en el expediente administrativo.

Descargos del partido político

En su escrito de descargos, Avanza País – Partido de Integración Social solicitó el archivo del procedimiento sancionador, argumentando que José Williams Zapata no registra sentencias condenatorias firmes por delito doloso.

El partido sostiene que la información observada por la fiscalización corresponde a un incidente procesal y no a una sentencia firme, por lo que —según su interpretación— no existió omisión en la Declaración Jurada de Hoja de Vida. Como sustento, adjuntó certificados de antecedentes penales y judiciales, así como resoluciones emitidas por instancias judiciales y militares vinculadas al caso mencionado.

Evaluación en curso

El Jurado Electoral Especial evaluará los argumentos y la documentación presentada por la organización política conforme al cronograma electoral de las Elecciones Generales 2026. El procedimiento se encuentra actualmente en etapa de análisis.

La decisión final será notificada a las partes a través de los canales oficiales del sistema electoral. De confirmarse la omisión, el JEE podría disponer medidas que van desde una sanción administrativa hasta la exclusión del candidato, de acuerdo con la normativa vigente.

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