Gobierno oficializa reglamento para el pago de sueldos mediante billeteras digitales

Mediante el Decreto Supremo 011-2026-EF se habilitó el uso de cuentas de dinero electrónico para obligaciones laborales, beneficiando a más de 14 millones de usuarios de estas plataformas.

por editorweb@caretas.com.pe

El Poder Ejecutivo oficializó este viernes el reglamento de la Ley número 32413, el cual autoriza el uso de billeteras digitales para el abono de remuneraciones y otras obligaciones laborales.

Esta normativa, publicada en el diario oficial El Peruano mediante el Decreto Supremo número 011-2026-EF, alcanza tanto a los trabajadores del sector público como del sector privado. El objetivo central de la medida es ofrecer una alternativa moderna a las cuentas bancarias tradicionales para el depósito de sueldos, gratificaciones, Compensación por Tiempo de Servicios y demás beneficios.

La implementación de este mecanismo busca aprovechar el alto nivel de adopción tecnológica en el país, donde más de 14 millones de personas ya emplean plataformas como Yape y Plin. Según datos de Niubiz y el Banco Central de Reserva del Perú, las transacciones a través de estos medios superaron los 94 mil millones de soles durante el año 2024.

La nueva norma asegura que los abonos se realicen bajo criterios de seguridad y transparencia, permitiendo que el dinero se reciba en cuentas de ahorro o de dinero electrónico vinculadas a dichas billeteras.

Condiciones de uso y elección del trabajador

El reglamento establece con claridad que el uso de billeteras digitales para percibir haberes no tiene carácter obligatorio. Su aplicación depende exclusivamente del mutuo acuerdo entre el empleador y el colaborador, pacto que puede realizarse al firmar el contrato o en cualquier momento de la relación laboral.

Un punto fundamental de la ley es la libertad de elección, pues el trabajador es el único facultado para decidir en qué entidad financiera o Empresa Emisora de Dinero Electrónico desea recibir su dinero. Cualquier tipo de presión o injerencia por parte de la empresa será considerada una infracción muy grave, pasible de sanciones por parte de la inspección del trabajo según la Ley número 28806.

Por otro lado, la normativa involucra a diversas instituciones del Estado para garantizar una transición segura. El Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Economía y la Superintendencia de Banca y Seguros tienen la tarea de difundir información y promover contenidos de educación financiera para un uso responsable de estas herramientas.

Asimismo, el Banco Central de Reserva, en coordinación con el Ministerio de Economía, deberá mantener actualizada la lista de billeteras digitales autorizadas que cuenten con servicios de pago interoperable, asegurando que los fondos puedan transferirse entre diferentes usuarios sin importar su entidad bancaria.

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