El Indecopi multó al BBVA Perú con más de S/1.5 millones por realizar llamadas comerciales sin consentimiento de los usuarios, una práctica expresamente prohibida por la legislación vigente. La sanción se da en primera instancia y forma parte de una fiscalización más amplia al sector financiero y otras empresas que utilizan comunicaciones no autorizadas con fines publicitarios.
La medida fue adoptada por la Comisión de Protección al Consumidor N.º 3 (CC3) del Indecopi, tras comprobar que el banco incurrió en una infracción al Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Multa supera las 279 UIT por llamadas sin autorización
De acuerdo con la resolución, el BBVA fue sancionado con 279.50 UIT, equivalentes a S/1 537 250, luego de que se determinara que realizó llamadas promocionales a consumidores sin contar con su consentimiento previo, expreso e inequívoco.
La investigación fue desarrollada por la Dirección de Fiscalización del Indecopi, que analizó una muestra de 1,130 comunicaciones publicitarias realizadas por la entidad financiera. Los resultados evidenciaron una práctica reiterada de contacto no autorizado.
Llamadas spam vulneran la libertad de elección del consumidor
El documento oficial del Indecopi recuerda que la normativa vigente prohíbe el uso de llamadas, mensajes de texto o comunicaciones electrónicas con fines publicitarios cuando el consumidor no ha otorgado su consentimiento informado.
Este tipo de acciones son consideradas prácticas abusivas, ya que afectan la libertad de elección y tranquilidad de los usuarios, además de incumplir las reglas de protección al consumidor.
Indecopi amplía fiscalización a otros bancos y empresas
El BBVA no es la única entidad bajo observación. El Indecopi informó que mantiene procedimientos sancionadores en curso contra otras empresas por presuntas llamadas comerciales sin consentimiento, entre ellas:
- Banco de Crédito del Perú (BCP)
- Scotiabank Perú S.A.A.
- Interbank
- Santander Consumer Bank S.A.
- Oncosalud
- Claro
- Movistar
Además, durante el año 2025, el organismo ya había impuesto sanciones a Pacífico Seguros, Rímac Seguros y Entel Perú, esta última por no entregar información requerida en el marco de investigaciones por llamadas spam.
BBVA puede apelar la sanción
El Indecopi precisó que la decisión adoptada por la CC3, comunicada el 26 de enero de 2026, no agota la vía administrativa. El BBVA Perú tiene la posibilidad de apelar la resolución ante la Sala Especializada en Protección al Consumidor, que constituye la segunda y última instancia administrativa.
Mientras tanto, la sanción refuerza el mensaje del ente regulador frente a prácticas comerciales invasivas y reafirma la obligación de las empresas de respetar la normativa sobre protección al consumidor.