Congreso permite que docentes sin maestría sigan dictando clases universitarias

La Ley 32551 flexibiliza los requisitos académicos para docentes universitarios y suma una nueva prórroga tras más de diez años de ampliaciones.

por editorweb@caretas.com.pe

La Ley 32551 vuelve opcional el requisito de posgrado para catedráticos que ingresaron con la antigua Ley Universitaria y amplía nuevos plazos para quienes se rigen por la norma vigente.

El Congreso de la República promulgó este viernes 9 de enero, por insistencia, la Ley N.° 32551, que modifica la Ley Universitaria y permite que docentes sin maestría ni doctorado continúen dictando clases universitarias, pese a que la norma vigente establece dichos grados como obligatorios.

La ley fue oficializada con las firmas del presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, y del vicepresidente Waldemar Cerrón, e incorpora dos disposiciones complementarias que flexibilizan los requisitos académicos exigidos a los catedráticos.

Requisito de posgrado será opcional para docentes antiguos

La norma establece que para los docentes que ingresaron a la carrera universitaria durante y hasta la vigencia de la antigua Ley Universitaria, promulgada en 1983 y derogada en 2014, el requisito de contar con maestría o doctorado será opcional. Es decir, estos catedráticos podrán seguir enseñando solo con título profesional, tal como lo permitía la legislación anterior.

Cabe recordar que la Ley Universitaria vigente (Ley N.° 30220) establece como obligatorios los siguientes grados académicos:

  • Grado de Maestro para dictar clases en pregrado.
  • Grado de Maestro o Doctor para maestrías y programas de especialización.
  • Grado de Doctor para la docencia a nivel doctoral.

Además, la nueva ley exonera a estos docentes antiguos de contar con maestría o doctorado para ser promovidos en la carrera docente, a pesar de que esta se define como de carácter meritocrático.

Nueva prórroga hasta 2026 para docentes bajo la ley actual

La Ley 32551 también amplía el plazo hasta diciembre de 2026 para que los docentes que ingresaron a la carrera universitaria bajo la Ley Universitaria vigente cumplan con el requisito de contar con maestría o doctorado para dictar clases en universidades públicas y privadas.

Este nuevo plazo se suma a una serie de prórrogas acumuladas por más de diez años, que han postergado la aplicación efectiva de los requisitos académicos establecidos desde 2014.

Más de una década de ampliaciones al plazo

La Ley Universitaria fue promulgada en julio de 2014 y ese mismo año fue cuestionada ante el Tribunal Constitucional mediante demandas de inconstitucionalidad presentadas por una comisión del Congreso, encabezada por la entonces congresista Martha Chávez, y por los colegios de abogados de Lima y Lima Norte.

En 2015, el TC declaró infundadas dichas demandas, pero precisó que el plazo de cinco años para que los docentes obtuvieran maestría o doctorado debía contarse desde la publicación del fallo, en noviembre de 2015.

Posteriormente:

  • En 2020, el gobierno de Martín Vizcarra amplió el plazo hasta noviembre de 2021 mediante el Decreto Legislativo N.° 1496, en el contexto de la pandemia por COVID-19.
  • En 2021, el Congreso aprobó la Ley 31364, que extendió el plazo hasta diciembre de 2023.
  • En diciembre de 2023, una nueva ampliación fue establecida por la Ley N.° 31964, fijando como límite el 30 de diciembre de 2025.

Finalmente, en enero de 2026, entra en vigencia la Ley 32551, que no solo concede una nueva prórroga, sino que elimina de forma permanente la obligatoriedad del posgrado para un sector de docentes universitarios.

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