El Gobierno oficializó el aumento de la pensión mínima del Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a S/1.000 mensuales a partir del 1 de enero de 2026, según el Decreto Supremo N.º 330-2025-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano. La medida beneficiará únicamente a los jubilados que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
¿Quiénes accederán a la nueva pensión mínima de S/1.000?
El reajuste alcanzará a los pensionistas del SNP que, al 31 de diciembre de 2025, tengan derecho a una pensión definitiva y acrediten al menos 20 años de aportes. En este grupo se incluyen tanto jubilados como pensionistas por invalidez que cumplan con dicha condición.
Con esta norma, el monto máximo de pensión pasará de S/893 a S/1.000 mensuales desde enero de 2026.
Pensiones proporcionales quedan excluidas del aumento
El incremento no se aplicará a las pensiones proporcionales, otorgadas a afiliados con menos de 20 años de aportes. Este grupo ya recibió un aumento de S/50 en enero de 2025 y no será considerado en el nuevo reajuste, precisó la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
Asimismo, la medida no implica un aumento generalizado, sino que busca elevar únicamente aquellas pensiones de jubilación e invalidez que actualmente sean inferiores a S/1.000 y cumplan con los requisitos legales.
¿De cuánto será el reajuste y cómo se aplicará?
Según el decreto, el incremento será de hasta S/100 mensuales. En los casos donde el pensionista ya haya recibido un aumento parcial durante 2025, solo se aplicará el monto necesario para completar el reajuste total.
La ONP también está autorizada a redondear el monto final de la pensión al entero inmediato superior cuando el cálculo incluya céntimos. Ninguna pensión reajustada podrá superar el nuevo tope de S/1.000 mensuales.
Habrá pago de reintegro en febrero de 2026
El reajuste se aplicará desde el pago correspondiente a enero de 2026. En caso de que no se pueda efectuar de manera inmediata, el reintegro será abonado en febrero del mismo año, conforme a lo establecido en la norma.
El financiamiento del aumento se realizará con cargo al presupuesto institucional de la ONP, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto.
Reforma previsional respalda el incremento de pensiones
El aumento se sustenta en la Ley N.º 32123, de Modernización del Sistema Previsional Peruano, que facultó al Ministerio de Economía y Finanzas a reajustar las pensiones por debajo de S/1.000, de acuerdo con la disponibilidad fiscal.
Esta ley creó el Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP), que busca unificar y modernizar los regímenes previsionales (AFP y ONP) bajo un modelo universal y multipilar, con el objetivo de garantizar una pensión mínima y ampliar la cobertura de los trabajadores en el país.