PJ archiva investigación contra Martín Vizcarra por colusión

La Tercera Sala Penal de Apelaciones dispuso el archivo del proceso por presunta colusión simple en los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua, cuando el juicio oral estaba próximo a iniciarse. Vizcarra cumple condena de 14 años por cohecho pasivo en los mismos casos.

por Edgar Mandujano

El Poder Judicial archivó la investigación contra el expresidente Martín Vizcarra por el presunto delito de colusión simple en los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. La decisión fue tomada por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que declaró fundada la excepción de litispendencia presentada por la defensa de Vizcarra, al considerar que iniciar un nuevo proceso sobre los mismos hechos vulnera el principio de non bis in idem, que prohíbe ser juzgado dos veces por los mismos actos.

El archivo del proceso se produjo cuando la causa se encontraba próxima a ingresar a la fase de juicio oral. Según la resolución del tribunal emitida el 16 de diciembre, mantener dos procesos penales basados en hechos similares, aunque tengan calificaciones jurídicas distintas, podría derivar en sentencias contradictorias y procedimientos innecesarios, afectando derechos fundamentales del imputado.


Reclamaciones fiscales y reparación civil

El Fiscal Germán Juárez Atoche había solicitado una pena de 10 años de prisión y el pago de 39.390 soles como multa contra Vizcarra por supuestamente favorecer a dos consorcios empresariales en la adjudicación de la buena pro para el proyecto de irrigación Lomas de Ilo y la Ampliación y Mejoramiento del Hospital de Moquegua, Nivel II-2.

Por su parte, la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato solicitó que Vizcarra pague 37 millones de soles como reparación civil al Estado. No obstante, con el archivo del proceso por colusión simple, estas solicitudes quedan sin efecto dentro de este procedimiento específico.


Vizcarra cumple condena por cohecho pasivo

Martín Vizcarra continúa cumpliendo condena de 14 años de prisión por el delito de cohecho pasivo, sentencia que fue dictada el 26 de noviembre pasado por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional. La condena abarca los mismos casos de Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua, y actualmente se encuentra recluido en el Penal de Barbadillo.

Durante la lectura de la sentencia, la jueza Fernanda Ayasta señaló que Vizcarra cometió actos ilícitos aprovechando su cargo como presidente regional de Moquegua, condicionando a los postores para otorgarles la buena pro a cambio de dinero. La pena se distribuyó en seis años por Lomas de Ilo y ocho años por el Hospital de Moquegua.


Impacto del archivo de la investigación

El archivo de la causa por colusión simple pone fin a un proceso que estaba próximo a llegar a juicio oral, reafirmando que los tribunales deben evitar duplicidad de procesos sobre hechos similares. La decisión también evidencia la aplicación del principio de litispendencia, clave en el derecho procesal para garantizar la seguridad jurídica y prevenir conflictos entre sentencias.

Aunque este archivo no altera la condena vigente por cohecho pasivo, representa un ajuste procesal que clarifica los límites de las investigaciones y evita la duplicidad de juicios en casos relacionados con la gestión de Vizcarra en Moquegua. La resolución refuerza la noción de que la justicia debe actuar con celeridad y certeza jurídica, evitando procedimientos innecesarios que prolonguen los procesos contra los imputados.


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