Congreso niega pensión vitalicia a Dina Boluarte por no haber sido elegida por voto popular

El Parlamento concluyó que la exmandataria no cumple los requisitos de la ley al haber asumido por sucesión y no completar el periodo presidencial.

por editorweb@caretas.com.pe
pensión vitalicia: dina boluarte

El Congreso de la República declaró improcedente la solicitud de pensión vitalicia presentada por la expresidenta Dina Boluarte, al concluir que no cumple con los requisitos establecidos en la ley vigente para acceder a este beneficio reservado a exmandatarios electos.

La decisión ya fue notificada a Boluarte y se sustenta en un informe técnico del Área de Asesoría Laboral del Parlamento, el cual señala que la exjefa de Estado asumió el cargo por sucesión, no fue elegida por voto popular y no completó el periodo presidencial.

¿Por qué el Congreso rechazó la pensión vitalicia de Dina Boluarte?

De acuerdo con el informe citado por Cuarto Poder, el Congreso identificó tres razones clave para declarar improcedente el pedido:

  • Dina Boluarte no fue elegida mediante sufragio popular.
  • Accedió a la presidencia por sucesión constitucional.
  • No culminó el periodo presidencial tras ser vacada por el Parlamento.

El documento concluye que estos factores impiden otorgarle la pensión vitalicia regulada por la ley 26519, norma que exige el cumplimiento íntegro de dichos requisitos.

El pedido presentado tras dejar Palacio de Gobierno

La solicitud de Boluarte fue presentada apenas diez días después de dejar la presidencia y estuvo dirigida al titular del Congreso, Fernando Rospigliosi. En ella, la exmandataria solicitó acogerse a la pensión vitalicia prevista para expresidentes.

Además, pidió otros beneficios administrativos, como personal de seguridad, un asesor, vehículo oficial, seguro privado y combustible. Sobre estos últimos, el Parlamento aún no ha emitido una decisión formal.

Especialistas descartan cualquier otra vía legal

El analista en temas parlamentarios Martín Cabrera consideró que el pedido era inviable desde un inicio. “No fue elegida por voto popular, fue una sucesión y no completó el periodo. El criterio del Congreso ya estaba definido”, señaló.

Cabrera explicó que no existe otra vía legal para que Boluarte acceda a la pensión vitalicia y precisó que el Parlamento es la única instancia con potestad para otorgar o negar este beneficio.

¿Boluarte podría seguir recibiendo otros beneficios?

Aunque el Congreso solo se ha pronunciado sobre la pensión vitalicia, la exmandataria podría continuar recibiendo otros beneficios como seguridad, asesoría o vehículo oficial, ya que estos no están regulados por la ley 26519, sino por decisiones administrativas del propio Parlamento.

La norma vigente, reafirmada en 2022 por la Comisión de Constitución, establece claramente que la pensión vitalicia es exclusiva para expresidentes electos que hayan ejercido el cargo durante un periodo completo, criterio que ahora se aplicó al caso de Dina Boluarte.

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