JEE advierte infracción de neutralidad de Roberto Sánchez

Fiscalización electoral concluye que personal del despacho del congresista participó en actos proselitistas en horario laboral y recomienda remitir el caso al Ministerio Público.

por Edgar Mandujano

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Este 1 concluyó que el congresista Roberto Sánchez, actual candidato presidencial por Juntos por el Perú, habría infringido el principio de neutralidad electoral, al permitir que trabajadores de su despacho participaran en actividades proselitistas durante el horario laboral.

El hallazgo forma parte de un informe de fiscalización emitido en diciembre de 2025, elaborado tras la difusión de un reportaje de Cuarto Poder y la Unidad de Investigación de América Noticias, que documentó la presencia de personal parlamentario en un acto político realizado en los exteriores del penal de Barbadillo, en el distrito de Ate.

¿Qué observó el Jurado Electoral Especial?

Según el informe, dos trabajadores del despacho de Roberto Sánchez —Gian Marco Castillo Gómez y Ernesto Zunini Yerren— participaron activamente en una manifestación política vinculada a la candidatura presidencial del legislador.

Las imágenes difundidas muestran a ambos portando banderas de Juntos por el Perú, coreando consignas y acompañando al congresista en una actividad de carácter proselitista realizada en noviembre de 2025, dentro del horario regular de labores.

El JEE corroboró, a través del portal de transparencia del Congreso, que Castillo se desempeña como coordinador de despacho y Zunini como técnico, ambos con vínculo laboral vigente al momento de los hechos.

Uso de recursos públicos en campaña

El documento de fiscalización concluye que la participación de personal remunerado por el Estado en actos de campaña configura un uso indebido de recursos públicos, lo que vulnera el principio de neutralidad electoral consagrado en la Constitución, la Ley Orgánica de Elecciones y la normativa del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El JEE sostiene que, al tratarse de trabajadores en planilla del Congreso, su intervención en actividades políticas durante la jornada laboral no puede considerarse un acto privado, sino una infracción grave a las reglas que rigen el proceso electoral.

¿Hay implicancias penales?

Además del aspecto electoral, el informe advierte que los hechos podrían adecuarse al delito de peculado de uso, tipificado en el artículo 387 del Código Penal, al haberse utilizado recursos humanos del Estado con fines distintos a los establecidos por ley.

Por ese motivo, la fiscalización recomienda remitir los actuados al Ministerio Público y a la Contraloría General de la República, sin perjuicio de las acciones administrativas que correspondan en sede electoral.

El JEE precisa que la coexistencia de procesos electorales y penales es válida, ya que protegen bienes jurídicos distintos: la transparencia del proceso democrático y el patrimonio del Estado.

La triple condición de Sánchez

Un elemento destacado por el informe es que Roberto Sánchez ostenta tres roles simultáneos: congresista en funciones, apoderado de su partido y candidato presidencial, lo que —según el JEE— incrementa su deber de observar con mayor rigor el principio de neutralidad durante el proceso electoral.

Esta condición, señala el documento, obliga a una separación estricta entre funciones públicas y actividades de campaña.

Sánchez rechaza las acusaciones

Ante la difusión del informe, el congresista Roberto Sánchez negó haber incurrido en uso irregular de recursos públicos. En declaraciones a Canal N, aseguró que los trabajadores involucrados contaban con licencias sin goce de haber el día del evento y que no se generó gasto alguno para el Estado.

El parlamentario afirmó que la actividad fue de carácter personal y que existen registros de asistencia que respaldan su versión. También cuestionó la cobertura mediática del caso y pidió que se contrasten los hechos con documentación oficial.

Defensa de contrataciones y permisos

Sánchez defendió además la contratación de Gian Marco Castillo, señalando que cumple funciones técnicas y que no existe impedimento legal para su empleo en el sector público, pese a contar con comparecencia restringida.

Asimismo, reiteró que cualquier participación política de su personal se realizó fuera del horario laboral o con permisos previamente gestionados, al igual que sus propias actividades durante semanas de representación.

Caso seguirá en evaluación

El informe de fiscalización ya fue elevado al pleno del JEE de Lima Este 1, que deberá pronunciarse conforme a sus atribuciones. Las conclusiones también serán puestas en conocimiento del Ministerio Público y de la Contraloría, para las acciones que correspondan.

Por ahora, el JEE concluye que existen elementos suficientes para presumir una infracción al principio de neutralidad, un aspecto clave en el desarrollo de las Elecciones Generales 2026, en un escenario político marcado por la vigilancia estricta del uso de recursos públicos.

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