El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 abrió un proceso contra el presidente de la República, José Jerí, para determinar si infringió el principio de neutralidad electoral tras brindar declaraciones consideradas favorables a Somos Perú, organización política de la cual continúa siendo militante.
Según el documento del JEE, el mandatario habría usado su investidura para realizar manifestaciones que influirían en la intención de voto de terceros, durante una entrevista en el programa El Valor de la Verdad el pasado 23 de noviembre.
“El señor José Enrique Jeri Oré, al ofrecer una entrevista en su calidad de presidente de la República, y mencionar su labor de Gobierno, habría favorecido a la organización política Somos Perú”, precisa el informe, haciendo referencia al inciso b) del artículo 33 del Reglamento de Neutralidad.
El JEE dispuso elevar el informe al pleno del organismo para que actúe conforme a sus atribuciones.
El vínculo partidario confirmado por el JNE
El informe del JEE verificó en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) que José Jerí se mantiene afiliado a Somos Perú, el partido con el que ingresó al Congreso y desde el cual dio el salto al Ejecutivo.
Esta filiación es un factor clave para el análisis del presunto favorecimiento político durante actividades oficiales o apariciones públicas.
¿Qué dijo José Jerí en la entrevista que motivó el proceso?
El proceso se sustenta en fragmentos específicos de la entrevista emitida el 23 de noviembre. Durante la conversación, Jerí respondió varias preguntas sobre gobiernos anteriores y mencionó reiteradamente a Somos Perú en un tono que, según el JEE, podría constituir promoción política.
Entre las frases cuestionadas destacan:
- “Somos Perú apoyó la gobernabilidad, que es muy distinto.”
- “Mi único partido, como tal, mi único amor… mi único amor político.”
- “El partido siempre ha estado con la democracia y ha apostado por la gobernabilidad.”
Para el JEE, estas afirmaciones, hechas en calidad de jefe de Estado, se enmarcarían en un uso indebido de su posición para beneficiar a su organización política.
Lo que sigue en el proceso
El informe fue derivado al pleno del JEE Lima Centro 1, que deberá analizar el caso y determinar si corresponde imponer una sanción o archivar el procedimiento. De confirmarse una infracción, el presidente podría recibir una amonestación o medidas administrativas previstas en la normativa electoral.
Contexto legal: qué establece el principio de neutralidad
El principio de neutralidad electoral exige que los funcionarios —en especial quienes ostentan altos cargos— mantengan una conducta imparcial durante procesos electorales, evitando influencias directas o indirectas en la ciudadanía.
El artículo 33 del Reglamento de Neutralidad establece que autoridades como el presidente deben abstenerse de emitir declaraciones que favorezcan a una organización política durante el periodo electoral.
La investigación abierta por el JEE Lima Centro 1 coloca nuevamente en el centro del debate la relación entre funciones presidenciales, participación política y respeto a la neutralidad. En los próximos días, el pleno del JEE deberá definir si las declaraciones de José Jerí constituyen una infracción o si se mantienen dentro del marco permitido.