Gobierno aprueba pago por hora a policías en franco y vacaciones

Efectivos podrán recibir S/16 por jornada voluntaria para reforzar patrullaje y operaciones.

por Edgar Mandujano

El Poder Ejecutivo aprobó un decreto supremo que establece un pago por hora de S/16 para los policías que, de forma voluntaria, presten servicios de patrullaje a pie, patrullaje motorizado u operaciones de investigación durante sus días de franco o vacaciones. La medida busca reforzar la presencia policial en las calles y contribuir a la lucha contra la inseguridad ciudadana.

El decreto, publicado en el Diario Oficial El Peruano, indica que el beneficio es exclusivo para oficiales hasta el grado de mayor y suboficiales, excluyendo a los recién egresados en periodo de adaptación. Las jornadas deberán ser continuas de siete horas, y el servicio será estrictamente voluntario, sin coincidir con otras actividades extraordinarias reguladas por convenio.


Condiciones y limitaciones del servicio voluntario

Para participar, los efectivos deben contar con aptitud médica “A” y encontrarse en situación de actividad. Los policías en franco podrán acumular hasta 15 días de servicio al mes, mientras que los que estén de vacaciones podrán hacerlo hasta 30 días al año, respetando los turnos y horas completas definidos por cada comando.

El pago aprobado no es remunerativo ni pensionable, no genera cargas sociales y se entrega de forma independiente de otras bonificaciones o retribuciones legales. La normativa busca incentivar el servicio adicional voluntario sin alterar los derechos laborales vigentes.


Organización y supervisión

Cada jefe regional o frente policial será responsable de convocar, inscribir y controlar al personal participante. Las oficinas administrativas de cada unidad verificarán los días de servicio cumplidos, requisito indispensable para autorizar el desembolso a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El registro de beneficiarios será remitido por la Dirección de Recursos Humanos de la PNP al MEF, y solo se pagarán las jornadas completadas íntegramente de siete horas continuas.


Sustento legal y financiamiento

La medida se ampara en el Decreto Supremo N.º 273-2025-EF, en cumplimiento de la Ley N.º 32197, y será financiada con presupuesto institucional del Ministerio del Interior, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.

El decreto fue refrendado por el presidente José Jerí, la ministra de Economía, Denisse Miralles, y el ministro del Interior, Vicente Tiburcio, y establece medidas para evitar duplicidad de servicios y garantizar el cumplimiento del régimen disciplinario de la PNP.

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