Una decisión clave en el Congreso
La Comisión Permanente del Congreso aprobó este miércoles, con 14 votos a favor y 6 en contra, el informe final de las denuncias constitucionales 547 y 575 contra el exministro del Interior Willy Huerta Oliva, recomendando su acusación por infracción constitucional y su inhabilitación por diez años para ejercer función pública.
La sesión, cargada de tensión política, retoma un debate de fondo: ¿hasta qué punto un ministro puede ser considerado partícipe de un golpe de Estado si no actuó para impedirlo?
Durante la deliberación, Huerta participó de manera virtual vía Teams, pero pese a estar conectado, no hizo uso de su derecho a la defensa, un hecho que la mesa directiva dejó constancia antes de proceder con la sustentación y votación.
El primer vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso, Fernando Rospigliosi, recordó que la citación había sido reprogramada por solicitud del propio denunciado. Al encontrarse presente y sin intervenir, se dio luz verde al análisis del informe y a su votación final.
Reuniones previas al 7 de diciembre: los hechos que pesan sobre Huerta
La presidenta de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, Lady Camones (APP), sustentó el informe señalando que Huerta mantuvo reuniones en Palacio de Gobierno los días 1, 3, 4, 5 y 6 de diciembre de 2022, es decir, en la antesala del quiebre institucional del 7 de diciembre.
La pregunta clave que marcó la sustentación fue: ¿actuó el exministro como facilitador de las decisiones inconstitucionales de Pedro Castillo?
El informe detalla que Huerta ingresó al Despacho Presidencial antes del inicio del mensaje a la Nación en el que Castillo anunció la disolución del Congreso y el establecimiento de un gobierno de excepción. Tras el mensaje, permaneció en Palacio, desde donde habría coordinado órdenes del entonces mandatario.
Entre las acciones atribuidas a Huerta se encuentran:
- Transmitir instrucciones para reforzar la seguridad en los domicilios de los padres de Pedro Castillo, así como de Betssy Chávez y Aníbal Torres.
- Facilitar su teléfono celular para que Castillo se comunique con el entonces comandante general de la Policía Nacional, Raúl Alfaro, a fin de ordenar el cierre del Congreso y la intervención de la Fiscal de la Nación.
- Garantizar que él mismo “proporcionaría la justificación” para esas acciones.
Tras los hechos, el exministro abandonó Palacio y presentó su renuncia a las 13:31 horas de ese día.
Infracciones constitucionales y alcance de la sanción
El informe aprobado precisa que su finalidad no es determinar responsabilidad penal, función que corresponde al Poder Judicial, sino establecer si las acciones del exministro constituyen infracción a la Constitución.
Los hallazgos llevaron al grupo de trabajo a concluir que Willy Huerta no actuó en defensa del orden constitucional, y que por el contrario, facilitó comunicaciones e instrucciones contrarias a la Carta Magna.
Se determinó que el exministro vulneró una extensa lista de artículos constitucionales, entre ellos los artículos 2 (incisos 11, 12 y 24.f), 38, 39, 45, 46, 51, 90, 93, 102, 104, 126, 128, 134, inciso 1 del artículo 137, 138, 146, 150, 158, 159, 201 y 206 de la Constitución.
La pregunta que domina esta etapa del caso es:
¿por qué la Comisión Permanente propone la sanción máxima de diez años de inhabilitación?
El informe lo justifica en la gravedad de los hechos, el riesgo institucional generado y la necesidad de garantizar que altos funcionarios no repitan comportamientos que faciliten rupturas del orden democrático.
El artículo 100 de la Constitución faculta al Congreso a suspender, destituir o inhabilitar hasta por diez años a altos funcionarios acusados de infracción constitucional. En este caso, se recomendó aplicar el máximo permitido.
Lo que viene ahora: ¿qué instancia definirá el futuro de Huerta?
Tras la aprobación en la Comisión Permanente, el caso deberá ser evaluado por el Pleno del Congreso, instancia que tendrá la última palabra sobre si se aprueba la acusación constitucional y la inhabilitación por diez años.
La decisión será determinante para la responsabilidad política del exministro y también para el precedente institucional que el Congreso desea fijar respecto a la participación de altos funcionarios en intentos de golpes de Estado.
La duda central ahora es: ¿votará el Pleno en línea con la recomendación de la Comisión Permanente?
De hacerlo, Huerta quedaría impedido de ejercer cualquier función pública hasta el año 2035.
Este caso se suma a la cadena de procesos relacionados al golpe fallido del 7 de diciembre, que también incluye a exministros y exfuncionarios del entorno más cercano a Pedro Castillo. Para el Parlamento, se trata de reafirmar que las infracciones constitucionales no pueden quedar sin sanción.