PJ rechazó pedido de libertad de Osmán Morote, cabecilla de Sendero Luminoso

Tribunal negó solicitud humanitaria presentada por la defensa del terrorista, condenado a cadena perpetua por el atentado en la calle Tarata en 1992.

por Edgar Mandujano

El Poder Judicial declaró improcedente el pedido de libertad presentado por la defensa del terrorista Osmán Morote Barrionuevo, uno de los cabecillas de Sendero Luminoso y condenado a cadena perpetua por su participación en el atentado de la calle Tarata, ocurrido el 16 de julio de 1992 en Miraflores. La decisión fue adoptada por la Primera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, que determinó que el reo no cumplía con los requisitos legales ni humanitarios para acceder a un beneficio penitenciario.


Rechazo judicial a argumentos humanitarios

El tribunal evaluó la solicitud de la defensa de Morote, quien alegó padecer problemas de salud y sufrir condiciones inhumanas de reclusión. La defensa invocó el artículo 22 del Código Penal, modificado por la Ley N.º 32181, que contempla la posibilidad de aplicar medidas alternativas de cumplimiento de pena a reos mayores de 70 años con enfermedades graves.

Sin embargo, el colegiado concluyó que “no se acreditaron razones humanitarias debidamente justificadas ni fundamentos jurídicos válidos” para conceder la libertad. Tanto el Ministerio Público como la Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo se opusieron al requerimiento, advirtiendo que el sentenciado debía seguir cumpliendo su condena a cadena perpetua en el establecimiento penitenciario correspondiente.


¿Qué alegó la defensa de Osmán Morote?

El exdirigente senderista, también conocido como “camarada Remigio”, había solicitado su excarcelación por segunda vez en el año, argumentando que superaba los 80 años y que presentaba un “deterioro físico y mental progresivo”. Según la defensa, Morote corría el riesgo de sufrir pérdida de memoria y episodios de desorientación.

Pese a estos alegatos, el tribunal desestimó la petición al no encontrar pruebas suficientes. La Fiscalía señaló que no se adjuntó ningún documento médico que acreditara una enfermedad terminal o crónica en etapa avanzada, ni evidencia de que el interno recibiera atención médica deficiente. El fallo enfatizó que el penal donde permanece recluido cuenta con los servicios necesarios para garantizar su tratamiento.


Antecedentes: la condena por el atentado de Tarata

Osmán Morote fue condenado en septiembre de 2018 junto a la cúpula de Sendero Luminoso, en un fallo histórico del Colegiado A de la Sala Penal Nacional, que impuso cadena perpetua a los responsables del atentado en la calle Tarata, el cual dejó 25 muertos y más de 150 heridos.

En esa misma sentencia fueron condenados Abimael Guzmán, Elena Iparraguirre, Florindo Flores Hala (camarada Artemio), Óscar Ramírez Durand (camarada Feliciano), María Pantoja, Laura Zambrano, Florentino Cerrón, Edmundo Cox y Margot Liendo. La decisión reafirmó la responsabilidad de Sendero Luminoso como organización terrorista que causó miles de muertes durante las décadas de 1980 y 1990.


Procuraduría reafirmó defensa del Estado

Tras conocerse la decisión, la Procuraduría General del Estado (PGE) expresó su respaldo a la resolución judicial, recordando su compromiso con la defensa del Estado de Derecho y de las víctimas del terrorismo. A través de un comunicado, la entidad subrayó que continuará vigilando el cumplimiento efectivo de las condenas impuestas a los cabecillas de Sendero Luminoso y rechazó cualquier intento de reinterpretar las normas para favorecer su excarcelación.

“Las condenas impuestas por crímenes de terrorismo deben cumplirse íntegramente, sin excepción ni beneficio alguno”, indicó la Procuraduría Especializada en Delitos de Terrorismo.


Un intento recurrente de liberación

Esta no fue la primera vez que Osmán Morote buscó obtener la libertad por razones humanitarias. En julio de 2025, había presentado una solicitud similar, que también fue rechazada. Su defensa insistió en que el exdirigente senderista se encontraba en una situación médica vulnerable; sin embargo, las autoridades determinaron que no existían pruebas clínicas que lo sustentaran.

La insistencia del exdirigente senderista ha generado rechazo entre las asociaciones de víctimas del terrorismo, quienes consideran que sus pedidos buscan reabrir debates ya zanjados por la justicia peruana.


Memoria y justicia

El caso de Osmán Morote volvió a poner sobre la mesa el debate sobre los beneficios penitenciarios a condenados por terrorismo, en un país donde las heridas de la violencia política aún permanecen abiertas. Para muchos, la decisión del Poder Judicial reafirmó la necesidad de mantener una postura firme ante cualquier intento de revisar las condenas de quienes lideraron una de las etapas más sangrientas de la historia peruana.

El rechazo al pedido de libertad fue interpretado como un mensaje de defensa institucional y respeto a las víctimas, recordando que la justicia no debe olvidar ni ceder ante el paso del tiempo.

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