El Poder Judicial del Perú anuló la sanción disciplinaria que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) aplicó contra el expresidente Pedro Castillo, quien inició una huelga de hambre desde el penal de Barbadillo. La medida, que incluía su aislamiento y la suspensión de visitas, fue calificada como desproporcionada y violatoria de sus derechos fundamentales. El juzgado señaló que este tipo de protesta no constituye una falta sancionable según el marco legal vigente.
La protesta de Castillo se produjo en marzo, como rechazo al proceso penal que enfrenta por presunta rebelión y abuso de autoridad. El INPE consideró que su negativa a ingerir alimentos era una falta grave, según el Código de Ejecución Penal. Sin embargo, el Poder Judicial afirmó que esta medida no alteró el orden del penal ni representó un riesgo para otros internos. Además, enfatizó que la sanción fue aplicada sin justificación válida ni criterios de proporcionalidad.
El fallo también destacó que el exmandatario se encuentra en un penal con población mínima, lo que descarta cualquier argumento sobre alteración del orden interno. La intervención del Ministerio Público determinó que Castillo no presentaba riesgos inmediatos de salud, debilitando la postura del INPE. Para el juzgado, el aislamiento fue innecesario, incluso humillante, y no se puede limitar el derecho a la protesta bajo prisión preventiva.
Este pronunciamiento judicial establece un precedente importante sobre los derechos de las personas detenidas sin sentencia. Castillo, quien se autodenomina “presidente en cautiverio”, enfrenta un proceso penal que podría llevarlo a cumplir hasta 34 años de prisión. Su defensa insiste en que existe persecución política en su contra. La anulación de esta sanción se suma a los argumentos legales con los que el exmandatario busca revertir su situación judicial.